El Ministerio Fiscal califica de “esperpéntica” la defensa del ex alcalde. Reyes reconoce firmar “los papeles sin leerlos, confiando en los informes técnicos”. “No he leído los informes del secretario porque tienen muchos artículos. Y aunque los leyera, no entendería nada, ya que no entiendo de leyes urbanísticas”. El alcalde dice que “al ver que hay otras casas en la zona”, se “imaginó” que era suelo urbano

El fiscal pide 2 años de prisión para José Francisco Reyes por un supuesto delito de prevaricación urbanística

Celebrada la vista oral en el Juzgado de lo Penal Nº 3 de Arrecife, la Fiscalía considera probado que el ex alcalde de Yaiza prevaricó al conceder una licencia de obra para cambio de uso en un suelo rústico de protección paisajística. A pesar de que tres técnicos municipales, el secretario del Ayuntamiento y una resolución del Cabildo informaron negativamente al primer edil, Reyes firmó un decreto otorgando el permiso para reconvertir una vivienda en restaurante

Fotos: Dory Hernández

El ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, ni se leía los informes técnicos, ni los papeles que le pasaban para firmar el secretario municipal y los departamentos de su Corporación. Se “imaginaba” la calificación territorial de las áreas del municipio donde ejerció durante más de 13 años como alcalde si “veía que había más casas” en la zona. A pesar de haber concedido docenas de permisos urbanísticos a lo largo de su trayectoria como primer edil, este lunes aseguró “firmar los papeles sin leer, confiando en los técnicos del Ayuntamiento”. Estas declaraciones de Reyes, calificadas de “esperpénticas” por el Ministerio Fiscal, se escucharon en la vista oral celebrada en el Juzgado de lo Penal Nº 3 de Arrecife. Juicio al el ex alcalde de Yaiza por un supuesto delito de prevaricación urbanística cometido entre finales de 2004 y principios de 2005.

Los hechos se remontan, según el escrito de acusación, a “un tiempo indeterminado entre abril y septiembre de 2004”, cuando el propietario de una vivienda en la localidad de Yaiza, José Eugenio Camacho, inició unas obras de reforma en su inmueble con el fin de abrir en el mismo una actividad de restauración, con el consiguiente cambio de uso de la vivienda de residencial a comercial. Una vez terminadas las obras, el 10 de enero de 2005, el ahora ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, firmó un decreto autorizando dichas obras “sin perjuicio de la calificación territorial” del Cabildo, calificación que a posteriori resultó ser negativa. A pesar de que en el propio decreto de Alcaldía figura la necesidad de una calificación territorial, este lunes Reyes aseguró ante la juez que instruye el caso que “no sabía que era necesaria la calificación territorial”. Interrogado por el fiscal, dijo no haber tenido conocimiento previo de los requisitos legales para conceder la licencia.

Reyes reconoció que era habitual en su proceder firmar “los papeles sin leerlos, confiando en los informes técnicos”. “No he leído los informes del secretario porque tenían muchos artículos. Y aunque los leyera, no entendería nada, ya que no entiendo de leyes urbanísticas”. Fue así, según el ex alcalde, que a pesar de que tres técnicos municipales, el secretario del Ayuntamiento y una resolución del Cabildo informaran negativamente al primer edil, firmó un decreto otorgando el permiso para reconvertir una vivienda en restaurante.

El hecho probado es que el alcalde otorgó una licencia de obra en un suelo calificado como “rústico de protección paisajística” por el Plan General de Yaiza de 1973, y catalogado como “suelo fuera de ordenación” por el Plan Insular de Ordenación de Territorio de 1991 (PIOT). Extremos ambos suficientes para que la obra de remodelación en sí, y más concretamente el cambio de uso de la vivienda de residencial a comercial, fueran prohibidas por una resolución de la Oficina del PIOT del Cabildo. Así lo certificaron los responsables de la resolución que intervinieron en el juicio en calidad de peritos. Tanto Leopoldo Díaz, director de la Oficina del PIOT, como Esteban Armas y Gustavo Navarro, ambos técnicos urbanísticos del Cabildo, al igual que Joana Macías, responsable del informe jurídico en el que se basa la resolución, ratificaron que la obra se realizó en “suelo rústico de protección paisajística”, donde no caben ni las obras de remodelación ni el cambio de uso. Navarro manifestó que de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Territorio de Canarias de 2000 está prohibido el cambio de uso en suelos rústicos de protección. Normativa que además prohíbe cualquier intervención en viviendas de este tipo, a excepción de las dirigidas exclusivamente a su conservación.

Preguntado por las razones que le llevaron a asegurar que se trata de un suelo urbano, José Francisco Reyes dijo “al ver que hay otras casas en la zona”, se “imaginó” que lo era.

El abogado de la defensa basó su estrategia en tratar de demostrar que las obras no alteraron el perímetro del inmueble, para lo que llamó a testificar al propietario del mismo, José Eugenio Camacho, y al responsable del proyecto de obra, Nicolás Betancort. La defensa también intentó demostrar el carácter urbano de la zona afectada, preguntando a todas las personas que intervinieron en la vista siendo vecinos de Yaiza sobre los servicios comunales que se prestan en la vivienda reformada. Así se certificó que a la misma llega el teléfono, la electricidad, el agua. Cuenta además con un acceso rodado.

Concluida la vista oral, la Fiscalía consideró probado el hecho de que el ex alcalde de Yaiza prevaricó al conceder una licencia de obra en una vivienda para cambio de uso en un suelo rústico de protección paisajística. El fiscal también consideró probado que Reyes tenía conocimiento de lo que estaba firmando, por lo que modificó la pena de multa solicitada al inicio del procedimiento por una petición de dos años de prisión para el acusado.