El TSJC multa a la FCM por un intento de engaño judicial
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha condenado a la Fundación César Manrique a una multa de 600 euros por "temeridad y mala fe" al servirse de los dos jefes de la Oficina del Plan Insular del Cabildo (PIOT), Esteban Armas y Leopoldo Díaz, para recurrir la anulación en firme de la adjudicación de la redacción del Plan Territorial Turístico de la Isla, en la que ambos debieron abstenerse por su vinculación a la Fundación, según recogía este fin de semana el diario Canarias 7 en su edición local en una información firmada por el periodista Carlos Inza.
El auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo ve "temeridad y mala fe" en el recurso de nulidad de actuaciones interpuesto por la Fundación contra la sentencia que anuló en firme en 2008 la adjudicación por parte del Cabildo del concurso para redactar el Plan Territorial Turístico, al despacho de abogados del arquitecto Fernando Prats, según explica en su información el diario provincial.
El Canarias 7 explica que el concurso fue anulado al entender que los directores del PIOT debieron abstenerse en el concurso por su vinculación a la FCM, que a su vez había contratado al despacho que resultó adjudicatario. Sin embargo, relata la información, para reabrir el caso, dice la Sala, que hace suyos los argumentos de la empresa que recurrió dicho concurso, "los dos técnicos que dirigen la Oficina del Plan Insular propuesieron a la entonces presidenta de la Corporación, Manuela Armas, que notificara las sentencias anulatorias de dicho concurso a la FCM, teniendo como única finalidad la de dar a los funcionarios otra posibilidad -aunque fraudulenta- de volver a plantear ante esta jurisdicción el incidente de nulidad de actuaciones que ya había sido inadmitido, no una, ni dos, sino hasta tres veces por el Juzgado, pero esta vez bajo la figura de la FCM aprovechando que ambos la dirigen en su condición pasada y presente de patronos de la misma".
El periódico provincial explica que la Sala va más allá y recoge en el auto, contra el que no cabe recurso, que "los dos técnicos de la Oficina del PIOT han utilizado su posición en el Cabildo y en la Fundación César Manrique para generar artificiosamen te una nueva ocasión procesal con la que volver a plantear ante el Juzgado y ante la Sala una cuestión que ya había sido resuelta; haciendo incurrir a la presidenta del Cabildo en desviación de poder, puesto que la notificación de la sentencia a la FCM, el 9 de junio de 2009 (un día después de que el Juzgado comunicada a ambos funcionarios, Esteban Armas y Leopoldo Díaz, que no podían plantear un incidente de nulidad en estos autos, no tenía más finalidad que la de reabrir un debate jurídico que procesalmente estaba zanjado y que es por tanto causa juzgada.