El TSJC decreta que fueron ajustadas a derecho las oposiciones al Cuerpo de bomberos del Consorcio de Seguridad, Emergencias, Salvamento, Prevención y Extinción de Incendios
Sentencia_12-3-14_Contencioso_plazas_de_bomberos.pdf
Sentencia_21-5-13_Contencioso_plazas_de_bomberos.pdf
Después de un largo proceso judicial iniciado en mayo de 2009, la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), mediante sentencia de fecha del pasado 12 de marzo de 2014, declara ajustada a derecho y confirma la que en primera instancia, ya había dictado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Las Palmas el 21 de mayo de 2013, que falló desestimando el recurso presentado por 5 opositores que resultaron no aptos y validando la resolución de 12 de junio de 2009 en virtud de la cual se inadmitía la demanda presentada solicitando la nulidad del proceso selectivo o subsidiariamente que se declarase la anulabilidad de la fase psicológica para que un psicólogo competente evaluase los resultados obtenidos en la prueba psicotécnica. Así lo recogen las dos sentencias de las que el Partido de Independientes de Lanzarote se ha hecho eco.
Los demandantes, explica el PIL en nota de prensa, en su momento, y “una vez declarados no aptos”, alegaron, entre otras cuestiones, la existencia de violación de principios generales y constitucionales en el desarrollo de la prueba psicológica y que no se aseguraba el anonimato en la elaboración y corrección de las pruebas, intentando poner en entredicho con sus arbitrarias
manifestaciones no solo el desarrollo del proceso reglado y publicado debidamente Boletines Oficiales correspondientes, sino también la actuación, profesional y discreta, de los funcionarios públicos nombrados al efecto, y que representando a los propios bomberos, a los Ayuntamientos consorciados, al Cabildo y al propio Gobierno de Canarias actuaron en todo momento con rigurosa profesionalidad y máxima objetividad.
En cuanto al fondo del asunto, ya en su momento el propio Consorcio contestó, y así consta acreditado en el expediente y expuesto ante la Sala, que se había respetado en todo momento los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y que las pruebas psicotécnicas fueron realizadas por un técnico cualificado, tal y como se exigía en las bases de la convocatoria, en las que además se establecían los criterios que debían tenerse en cuenta para la evaluación de las mismas, que eran públicas, y que además conocían todos y cada uno de los/as candidatos/as opositores/as. En el mismo expediente, quedaba perfectamente motivados los resultados, no sólo del test psicotécnico, sino de todas las pruebas realizadas.
Por ello, el Grupo PIL manifiesta su satisfacción por la reciente sentencia del
TSJC. Los insularistas hacen llegar este viernes su enhorabuena a todos los bomberos-empleados públicos que resultaron aptos en el proceso, y al mismo tiempo, entienden que "es de justicia reconocer públicamente una vez más el buen trabajo, objetivo y profesional, realizado por todos y cada uno de los miembros del tribunal que actuaron durante el proceso selectivo".