Déniz dice que el fallo favorable al Ayuntamiento en el asunto del Islote del Francés “es una buena noticia”
La alcaldesa de Arrecife, María Isabel Déniz, aseguró este lunes que el fallo favorable al Ayuntamiento en su pleito con los propietarios del Islote del Francés “es una buena noticia”. Déniz manifestó en este sentido que el Consistorio se encuentra pendiente de un recurso más que saldrá en estos días para “tener toda la información de todos los acuerdos que en este trámite haya que hacer con la propiedad”. Aclaró en relación a este asunto que “la valoración que íbamos a utilizar era el precio que estaba escriturado -algo más de 3 millones de euros- y estamos pendientes de otro recurso más que saldrá estos días para tener toda la información de todos los acuerdos que en este trámite que estamos ahora haya que hacer con la propiedad”.
Por otro lado, la alcaldesa explicó que el Ayuntamiento de Arrecife interpuso un recurso contra los propietarios del Islote del Francés que solicitaban que se expropiara el Islote con una valoración de 60 millones de euros. “En 2001, por acuerdo de la Junta de Gobierno, recurrimos eso y hoy el Supremo nos ha dado la razón, en el sentido de que obliga a la propiedad a renegociar con el Ayuntamiento la adquisición de ese Sistema General Urbano de Espacios Libres”, aclaró.
Cabe recordar que la Sala Tercera de la Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo dictó el pasado mes de abril una sentencia -notificada el día 28 a las partes- en la que declara inadmisible el recurso de casación presentado por la entidad Inversiones Islote del Francés S.A. en su intento por que quede sin efecto el acuerdo alcanzado en 2001 por la Comisión de Gobierno de la capital lanzaroteña y el propio Plan General en el cambio de uso de los terrenos.
Además, el Alto Tribunal condena a la empresa a pagar las costas del proceso por el concepto de honorarios del abogado del Ayuntamiento capitalino por un valor de 3.000 euros, y por la representación y defensa de la Comunidad Autónoma de Canarias por un valor de 2.200 euros.
En la sentencia a la que tuvo acceso Crónicas este viernes, los magistrados Pedro José Yagüe, Jesús Ernesto Peces, Segundo Menéndez, Rafael Fernández Valverde y Enrique Cancer determinan inadmisible el recurso interpuesto por la procuradora Matilde Marín Pérez en nombre de la empresa propietaria de los terrenos contra la providencia dictada el pasado 26 de septiembre de 2001, y contra el auto de diciembre de ese mismo año dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), por los que se había declarado improcedente la tramitación del incidente de ejecución promovido por la representación procesal de la entidad.