El Consejo Consultivo de Canarias declara nulo de pleno derecho el contrato entre Inalsa y la UTE Edam - Janubio
El consejero delegado de Inalsa, Mario Pérez, y la presidenta del Cabildo, Inés Rojas, revelaron este martes (14:00 horas) la conclusión del Dictamen del Consejo Consultivo de Canarias que declara nulo de pleno derecho el contrato firmado en 2001 por Inlasa y la UTE Edam Janubio, por la que la segunda se comprometía a construir y explotar durante quince años la planta desaladora de agua Inalsa Sur (Janubio). Según aseguraron Pérez y Rojas, el Dictamen del Consejo tiene efecto inmediato y es de carácter vinculante, “así que todo lo que ha sucedido después de la firma del contrato con la UTE no tiene ninguna validez”. La presidenta sostuvo que el Dictamen deja sin piso el laudo de la Cámara de Comercio de Las Palmas que condena a Inalsa a pagar a la UTE cerca de 12 millones de euros por el supuesto incumplimiento del convenio.
Convocatorias urgentes
“Gana Inalsa, gana lo público y pierde la UTE”, dijo visiblemente regocijado Mario Pérez, quien anticipó que el próximo jueves se convocará de urgencia a la Asamblea del Consorcio del Agua, al Consejo de Administración de Inalsa y a la Comisión Informativa de Aguas para darles a conocer el texto completo del Dictamen y decidir formalmente la dirección en que va a caminar la empresa pública una vez conocido el pronunciamiento del Consejo. La conclusión del Consejo habla de “falta total y absoluta del procedimiento legal establecido”. Mario Pérez recordó que el contrato no se publicó ni en el Diario Oficial de la Comunidad Europea (DOCE) ni en otros diarios oficiales para darle la debida publicidad y que además viola la normativa española que regula los sectores estratégicos como es en este caso el del agua.
Los recursos que le quedan a la UTE
El consejero explicó que en breve darán a conocer a la UTE Edam - Janubio el Dictamen y que ésta o quien se crea afectado por la decisión tendrá un mes para interponer ante el Consorcio del Agua un recurso de reposición. Una vez cumplido este primer paso, la UTE, si así lo estima oportuno, podrá presentar un contencioso administrativo ante la justicia ordinaria para intentar ganar el caso.
El Consorcio del Agua, integrado por los dueños de Inalsa (Cabildo y ayuntamientos), fue quien pidió al Consejo Consultivo un Dictamen sobre la legalidad del contrato.
Qué es el Consejo Consultivo
Es una de las instituciones de autogobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, prevista en el Estatuto de Autonomía, art. 44, del mismo rango que el Diputado del Común, tras el Parlamento, el Gobierno y el Presidente de la Comunidad. El Consejo Consultivo cumple, de conformidad con el Estatuto de Autonomía, con la genérica función de velar por la adecuación a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de los Proyectos y Proposiciones de Ley y porque el sometimiento de la Administración pública a los fines que la justifican sea pleno en los asuntos y términos que dispone la Ley constitutiva, Ley 5/2002, de 3 de junio. En este sentido, el Tribunal Constitucional, en Sentencia 204/1992, manifestó que la función constitucional de los órganos consultivos no se agota con velar por la legalidad, sino que también garantiza la corrección de los procedimientos administrativos y la defensa de los derechos e intereses de los que son parte en los mismos.
¿Preceptivo y/o vinculante?
La función del Consejo se lleva a cabo siempre a petición de autoridad legitimada; unas veces, de forma obligada o preceptiva; en otras, de forma facultativa porque a esa autoridad le interesa conocer la opinión del Consejo en un asunto determinado. Tal opinión se expresa mediante de la emisión de un parecer jurídico, llamado Dictamen, fundado exclusivamente en razones de legalidad y nunca de oportunidad o conveniencia. Tal parecer, estrictamente jurídico, de ordinario es no vinculante, salvo que la Ley expresamente disponga que la opinión del Consejo obliga a la autoridad solicitante en el sentido que el propio Dictamen indica.