El consejero de Ordenación Territorial reitera que el Gobierno nunca pensó en una ley de “punto y final”

Berriel recuerda que el Parlamento puede “retomar” la iniciativa de la legalización de hoteles

“El Gobierno siempre entendió que en este asunto debía haber consenso”

Domingo Berriel, consejero de Ordenación Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias.

El titular de Ordenación Territorial y Medio Ambiente del Gobierno canario reiteró este jueves que jamás ha propuesto una ley de “punto y final” a fin de legalizar indiscriminadamente todos los hoteles con licencias cuestionadas por los tribunales de Justicia. Domingo Berriel precisó en Agustín Acosta Radio que el artículo 18 de la Ley de Medidas Urgentes, a cuyo borrador accedió el Cabildo de Lanzarote hasta el punto de que lo alegó, pretendía “remover algunos obstáculos” y sobre todo no impedir la legalización teniendo en cuenta que la nueva normativa impone una nueva moratoria. Además, la Ley de Directrices de la Comunidad Autónoma ya instaba al Gobierno a concretar una norma de regularización de las estructuras hoteleras de Lanzarote y otras islas del Archipiélago.

Sin infracciones urbanísticas

La regla de juego era clara: no podía haber infracciones urbanísticas y si las hubiese debían ser saldas o restauradas. Los empresarios consideraron que la norma era insuficiente y debía ser mejorada y el Cabildo reprochó al Gobierno la tardía de la misma. El Ejecutivo dijo en su momento que la Ley podía ser enriquecida estudiando las distintas alegaciones en el marco del consenso institucional. Berriel, tal y como lo recordó la alcaldesa de Yaiza, sostuvo que fue claro con los ayuntamientos al decirles que si no había consenso el Gobierno desistía de la iniciativa. “No ha habido consenso y el Gobierno ha retirado del borrador del proyecto de Ley cualquier iniciativa en este marco”. No obstante, Berriel deja abierta la puerta del Parlamento de Canarias para que los grupos políticos (PSOE, CC y PP) “retomen esta situación”. El borrador de la Ley está en el Consejo Consultivo y de allí pasará a la Cámara regional para el trámite parlamentario y será cuando los grupos políticos puedan tomar las iniciativas que consideren oportunas. “El Gobierno siempre entendió que en este asunto debió haber consenso”, apostilló Domingo Berriel.

Borrador de Ley:

CAPÍTULO 4. - REGULARIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EN EXPLOTACIÓN.

Artículo 18. Legalización de establecimientos alojativos.

1. Podrán solicitar su regularización e inscripción en el Registro de Establecimientos Turísticos, los establecimientos hoteleros y extrahoteleros con unidad de explotación, construidos y en servicio efectivo con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2001, de 23 de julio, de Medidas Urgentes en materia de Ordenación del Territorio y del Turismo de Canarias, que acrediten mediante las certificaciones de las administraciones competentes, que sus edificaciones e instalaciones son acordes con la legalidad urbanística aplicable a las mismas, así como no estar sujetos a procedimientos sancionadores urbanísticos. De igual modo, podrán solicitar la regularización e inscripción aquellos establecimientos que hubieren sido objeto de un procedimiento sancionador que hubiera concluido sin la exigencia de restauración del medio físico, o si se hubiese exigido parcialmente, se hubiere cumplimentado la restauración de la legalidad física alterada.

2. Para la expresada regularización, no será necesaria la obtención de autorizaciones previas a que se refiere el artículo 24 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, siempre que el número de plazas alojativas que se pretenden regularizar no supere las que se acrediten que están en funcionamiento, y constituyan las previsiones del proyecto original ejecutado con arreglo a la licencia urbanística de construcción otorgada en su momento.

3. Reglamentariamente se determinarán los requisitos y condiciones de verificación de la idoneidad técnica y de seguridad que deben reunir dichos establecimientos, para acogerse la regularización autorizada en este artículo.