La Audiencia Provincial de Las Palmas absuelve al periodista Alfonso Canales de la acusación de apropiación indebida del dominio cronicasdelanzarote.es
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al periodista Alfonso Canales, director y fundador del grupo de comunicación Crónicas y director de la Cadena COPE en Lanzarote y Fuerteventura, de los falsos delitos de apropiación indebida, hurto, coacciones y amenazas que la defensa de María José García Acosta y el Ministerio Fiscal imputaron hace más de diez años al entender que con ayuda de su hermano Juan Luis Canales se había apoderado del dominio cronicasdelanzarote.es. Lo hacen los tres magistrados que firman la sentencia, notificada el pasado viernes, en un contundente fallo en el que expresan su asombro al entender que el asunto se llevó por la vía penal a juicio sin ningún tipo de prueba, pretendiendo tanto la acusación como el Ministerio Fiscal que la sala presidida por Emilio Moya realizara “un acto de fe” y creyera sin más las gravísimas cuestiones que habían imputado al conocido periodista y a su hermano, ingeniero informático que evidentemente también es absuelto en el procedimiento.
Aunque algunos medios de la competencia le han dado una importancia extrema a un asunto que no era más que un pleito entre particulares, este diario ha preferido hasta el momento mantenerse al margen y respetar el trabajo que debía hacer la justicia. Ahora, diez años después y con una demoledora sentencia que viene a poner parte de luz en lo sucedido, publicará no sólo el contenido del fallo de la Audiencia Provincial sino todo lo que ha sucedido para que se llegara hasta donde se ha llegado.
De lo expuesto por los medios de la competencia, en los que no se publicó una sola línea de los argumentos de la defensa y se hizo únicamente especial hincapié en que el abogado Aday Lleó dijo en sala que Alfonso Canales y Juan Luis Canales habían actuado como “Pepe Gotera y Otilio”, sólo se puede subrayar el tipo de periodismo que se practica en Lanzarote. La realidad es muy distinta. Durante el juicio celebrado el pasado 5 de junio ni la acusación ni el Ministerio Fiscal presentaron un solo testigo que ratificara sus gravísimas acusaciones y su petición de penas de cárcel que en el primero de los casos alcanzaban los nueve años y en el segundo los dos. Sin embargo, el abogado Marcial Francisco Hernández y su equipo realizaron un concienzudo trabajo para desarmar uno a uno los argumentos de la acusación, contando en el juzgado además con una decena de testigos que no dudaron en señalar el camino de la verdad, que no era otro que Alfonso Canales y su hermano crearon el dominio cronicasdelanzarote.es y se unieron posteriormente a Agustín Acosta Cruz cuando el conocido periodista, ya fallecido, fue apartado por sus hijos Agustín Domingo, Alberto y Teresa Juliana Acosta Hernández de los medios que había creado y fundado, Radio Lanzarote, Lanzarote Televisión y La Voz de Lanzarote.
Origen del pleito
Ahí se produce el origen del pleito y ahí es donde nace la semilla del odio de los medios que han tratado de fusilar la imagen del director del grupo Crónicas. Entre finales de 2005 y principios de 2006 los hijos de Agustín Acosta, que tenían la titularidad del grupo de comunicación porque su padre lo había decidido así, planean hacerse con el control de todo. Como consecuencia, le comunican por burofax que deje de trabajar en ellos y que abandone su cargo como administrador de las sociedades que controlaban lo que por entonces era un imperio de la comunicación local. Por resumir mucho el asunto, Alfonso Canales, mano derecha de Agustín Acosta y persona de su absoluta confianza durante más de tres lustros, decidió abandonar el grupo a pesar de los intentos de los hermanos Acosta Hernández de que permaneciera con ellos. Aunque el veterano periodista no se encontraba en un buen momento, como es lógico, el director de Crónicas le convenció para que siguiera adelante y para trabajar juntos en un nuevo proyecto. Antes de que se decidiera, Alfonso Canales y su hermano Juan Luis registraron el dominio cronicasdelanzarote.es y dibujaron un nuevo horizonte laboral al que posteriormente se sumó Agustín Acosta.
Durante el juicio fue clave el testimonio de José Javier Balaguer, propietario de una correduría de seguros que operaba bajo el epígrafe de Opciones Creativas, S.L. Balaguer explicó ante la Audiencia que Alfonso Canales y Agustín Acosta fueron a hablar con él para pedirle ayuda. Necesitaban una empresa con la que armar el nuevo proyecto y él no dudó en vendérsela a un módico precio con el que les fuera sencillo comenzar. El propietario narró cómo durante la adquisición de la sociedad Agustín Acosta se empeñó en que estuviera a nombre de Alfonso Canales; éste, según explicó, se negó, motivo por el que Acosta Cruz decidió echar mano de una sobrina suya a la que había tenido de secretaria y que en ese momento trabajaba de secretaria de Mario Alberto Perdomo en la empresa de comunicación y publicidad V&A Asociados, María José García Acosta. En esa reunión, eso sí, como también narró a los jueces, José Javier Balaguer fue contundente al garantizar que quedó claro que en la empresa no entraba el dominio de internet registrado por los hermanos Canales ni nada que tuviera que ver con el periódico, que sólo poseería la radio y la televisión. Por esa razón y no otra inicialmente la radio que montó Agustín Acosta con ayuda de Alfonso Canales y de otros compañeros que se sumaron posteriormente se llamó Lanzarote Radio y la televisión Canal Lanzarote, en ningún caso nada que ver con la marca Crónicas que habían creado para la parte digital y de papel los hermanos Canales.
Durante tres años el grupo se consolidó y el periódico también, hasta que llega el fatídico 2009. En ese año muere Agustín Acosta y María José García Acosta, asesorada por su madre, intenta hacerse con el control de un grupo que atravesaba serios problemas financieros. Es el año en el que García Acosta fue detenida en el marco de la operación Unión por orden del juez César Romero Pamparacuatro. A su salida, asesorada en la sombra por alguien que hasta el momento no ha aparecido en la historia pero que tenía un evidente deseo de hacerse con el control del grupo que creían que pertenecía en su totalidad a Opciones Creativas, decidió vender los medios teóricamente al mejor postor, dando por hecho al no haber participado hasta ese momento en ninguna actividad de la empresa que el dominio cronicasdelanzarote.es estaba incluido dentro de la empresa Opciones Creativas. Al descubrir que no era así, que estaba registrado a nombre de Juan Luis Canales, despidió a Alfonso Canales, a la gente de su entorno e inició diferentes pleitos, todos perdidos posteriormente. Tanto ella como su abogado trataron de presionar a través de los juzgados para que se entregara un dominio al que le daban un valor que realmente no tenía. De hecho, una de las cuestiones importantes del procedimiento es que María José García Acosta antes del juicio penal en la Audiencia Provincial perdió el caso del despido de Alfonso Canales en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y perdió también el intento de hacerse con la marca Crónicas en el Tribunal Supremo, que ya falló hace años a favor del Ministerio de Industria y determinó que Alfonso Canales es el único y legítimo propietario de una marca que nadie más puede explotar. Así, aunque hubieran ganado este procedimiento, no habrían podido desarrollar ni informativa ni comercialmente ningún periódico bajo la denominación Crónicas de Lanzarote, ni siquiera el dominio cronicasdelanzarote.es como marca, puesto que está registrada para todo el mundo y recientemente renovada por un periodo de otros diez años, como determina la ley. En aquel fallo el Supremo fue también notablemente claro sobre el registro y sobre lo que pensaban de quién ostentaba la titularidad de los dominios que reclamaban. No tenía duda de que pertenecían a los hermanos Canales. Es curioso, y no ha trascendido tampoco hasta ahora, que en los palos de ciego que fueron dando inicialmente, llegaron a reclamar incluso el dominio cronicasdelanzarote.com, dominio que pertenecía a una tercera persona que nada tiene que ver con esta historia.
El juicio y la sentencia
En la contundente sentencia los tres magistrados desmontan los argumentos de la defensa y del Ministerio Fiscal simplemente haciendo una sencilla cronología de los hechos. Les parece inverosímil que Juan Luis Canales y Alfonso Canales registraran el dominio en enero de 2006 y María José García Acosta afirme que se lo encargó ella cuando no fue hasta mayo de ese año cuando la empresa Opciones Creativas contrató al periodista. Mucho más inverosímil les parece cuando no es hasta 2009 cuando la acusadora entra realmente en la sociedad para administrarla. Era imposible por tanto que hiciera un encargo sobre algo que ya estaba creado y mucho menos cuando ni siquiera pasó un solo día por el lugar de trabajo desde el que se desarrollaba la labor diaria de comunicación local.
Como única prueba documental del supuesto contrato la acusación presentó dos facturas, facturas a las que la Sala no da ninguna validez: primero, porque son dos facturas que tienen la firma de Juan Luis Canales claramente falsificada; segundo, porque el importe de las mismas no se corresponde ni de lejos con el precio peritado por el que se registraría y se desarrollaría un periódico en internet; tercero, porque las dos facturas tienen la misma numeración, curiosamente figurando como la 001 y la 001 de la sociedad, como si fuera lo primero que habían hecho, con la salvedad de que se les olvidó cambiar el número; cuarto, porque en las facturas se cobra el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a Juan Luis Canales sin que éste sea autónomo, ya que entonces y todavía aún trabaja por cuenta ajena como ingeniero informático de una importante multinacional; quinto, porque durante el juicio y a preguntas de uno de los magistrados María José García Acosta fue incapaz de precisar cómo se abonó ese importe y por qué no figuraba el supuesto pago en la contabilidad de la empresa.
Pero lo peor no es eso, lo peor es que los tres magistrados no entienden cómo se argumenta que con esas dos facturas se compró el dominio de internet a los hermanos Canales y luego estos estuvieron desde el encargo y el falso pago posterior sufragando todos los gastos de la página, tanto los de mantenimiento como los de desarrollo. Desde 2006 a 2009, con facturas que aportó la defensa de los acusados, los hermanos Canales abonaron los costes de algo que evidentemente sabían que era suyo y que por tanto debían pagar. “Sorprende que la acusación afirme la existencia de contratos que no constan por escrito ni de ningún otro modo”, afirma la sentencia. También muestra su sorpresa después de que la acusadora afirmara que le habían encargado directamente a Juan Luis Canales realizar el periódico cuando quedó acreditado que ni ella ni Agustín Acosta le conocían de nada ni le habían visto nunca, puesto que su carrera profesional la ha desarrollado entre Estados Unidos y Suiza. “Desde luego, lo razonado libra de responsabilidad penal a ambos acusados, pero es que respecto de Juan Luis Canales los indicios de que haya cometido delito alguno de apropiación indebida son nulos. Este acusado no trabajó jamás para Agustín Acosta, sino que se limitó a ayudar a su hermano Alfonso en las cuestiones informáticas, pagando además el mantenimiento del dominio”, determinan por último en su razonamiento del fallo.
Antes, los magistrados hacen también mención a los testigos, que fueron tremendamente claros y contundentes al señalar que sabían que el periódico Crónicas de Lanzarote era propiedad de Alfonso Canales y que sólo él podía tener acceso a las claves internas. Así lo ratificaron en sala y así lo expresaron en un documento que firmaron Paqui Trujillo, Dory Hernández, David Riverol, Alex Salebe, Ricardo Jordán, Moisés Clavijo y el tristemente desaparecido Arturo Escarda.
Al margen de la gente que trabajó en la empresa hubo otros testimonios clave en el procedimiento, como el del conocido empresario Gerardo Fontes, quien llegó a afirmar durante el juicio que era íntimo amigo de Agustín Acosta, que desayunaban prácticamente todos los días juntos y que le había oído decir en un sinfín de ocasiones que el periódico no era suyo ni de su sobrina, era de Alfonso Canales y de su hermano. Por eso también explicó que la publicidad de sus empresas las tenía que contratar directamente con ellos.
De entre las cuestiones insólitas que se vieron en el juicio y que no han trascendido está otro documento clave, la certificación ante notario de que María José García Acosta, su familia y su abogado registraron en el mismo año 2009 que inician el pleito otro dominio en internet, cronicasdelanzarote.net. Tenían tan claro que cronicasdelanzarote.es no era suyo que realizaron un diseño de página en el que se pudo leer en el tiempo que estuvo abierta al público que era “la web oficial de Opciones Creativas”. Era una prueba contundente pero en la que la sentencia ni repara, puesto que tenía otras anteriores que consideraron suficientes. Sin embargo, el simple reconocimiento público de que ese dominio era el oficial y el otro no, demostraba por dónde caminaba el proceso y qué es lo que se pretendía, dar palos de ciego en el intento de hacerse con algo que sabían de antemano que no les pertenecía. No sólo por todo pedían nueve años de cárcel para cada uno de los implicados, querían toda la facturación de la empresa en los años que ha durado el pleito, más de 150.000 euros, como si los acusados fueran responsables de que el asunto haya estado diez años en los juzgados y como si el periódico hubiera tenido que estar parado durante ese tiempo, sin que una sociedad se hiciera responsable civil subsidiaria de todo lo que se ha publicado.