Una bola de nieve...
Por Ramón Pérez Hernández
Es posible que en definitiva resulte la noticia del periodista Rafael Méndez en la portada del Diario “El País” el 17 marzo 2008: “La lucha contra el urbanismo salvaje. Una ‘Marbella'¬ emerge en Lanzarote”. Se trata del examen, a nivel periodístico, (deber de informar libremente) extractado de la ‘realidad' del urbanismo sucio, emponzoñado, llevado contra viento y marea en nuestra bendita Isla por algunos políticos corruptos y ‘vivificados' por los cuatro ‘profesores' de siempre, que no solo se dejan aconsejar mal, muy mal, sino lo que es peor, que creen a rajatabla los ‘asesoramientos' de leguleyotes recolectores y, para mas coña se dejan ‘socorrer' por la indulgencia de varios panegiristas de turno, con remate final de Mª José, Rita, Figuereo, Francisco, Fontes, etc., mediante sus encandilados discursos de inadmisible amparo basado en simplezas, pues demostrado está y así lo confirma el Presidente nacional de la Federación de Asociaciones de Agencias de Viajes, Jesús Martínez Millán: “Nuestra experiencia acumulada nos demuestra que el turismo es resistente a este tipo de escándalos porque el turista no se retrae a no ser que ocurra algo que afecte a su comodidad, a su seguridad o a su garantía sanitaria”, por lo que el Sr. Jesús Martínez, que es Economista, aplaudió que “se intente poner límite a los desastre urbanísticos que se están cargando el país”...
La espada de Damocles va a costar paralizarla, al menos a los Hoteles construidos con licencias ilegales anuladas por Sentencias, firmes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (“TSJC”), especialmente los edificados -dos- en suelos que no tienen la condición de solar; unos ocho, por la falta del Informe, preceptivo y vinculante, del Cabildo; tres, por infracciones difíciles de corregir, de las leyes del territorio de canarias y otro (¡Vaya una coña marinera!) que excedió la edificación en ¡5 alturas y en 4.200 metros cuadrados!; se comió parte de la playa de “Afe” y como postre se jincó la intacta duna fósil que había en el lugar.
Puede que las Sentencias dictadas hasta el momento por el “TSJC” anulando las Licencias por “defectos de forma” elaborados con supuesta reflexionada mala leche, contra la legalidad urbanística insular [si los propietarios no se ponen bravucones tal como a voces lo hacen al unísono los triviales ‘colaboradores'] se puedan legalizar para impedir su indeseado derribo. (Evidente, que unas doce sentencias no tienen “defectos de forma” tal como vocean afirmativamente a tontas y a locas los ladinos defensores -jurídicos, dueños, políticos e intransigentes- a ultranza, ¡que desfachatez!, de la supuesta conjura). En cuanto a las edificaciones presuntamente ilegalizables, recomiendo profundizar en el profético mensaje de César en su Manifiesto de 1.988 “momento de parar”, que después de ¡20 años!, a la vista está la peligrosa escalada de la recesión turística que estamos padeciendo por el brutal crecimiento ilegal de camas, motivo probable de la lamentable y desgraciada pérdida de idoneidad de nuestro fantástico negocio turístico y de que los precios sigan tirados por el suelo, impropio de un Lanzarote que es oferta única por sus incomparables singularidades a nivel planetario y, además, con la triste pérdida de los esenciales puestos de trabajo. ¡Qué paradojas!. (Por cierto, cuando César, con toda razón, cogió la diezmillonésima calentura, se jacto, con gran escándalo mediático, incluso en Alemania (donde lo adoran), “abandonar Lanzarote”, y nada ocurrió y no decreció la llegada de turistas. Evidente que César no tuvo fuerzas para irse de su amada Isla por la que se desperejilaba).
La realidad es que el Cabildo Insular, depositario por Ley del control del territorio insular, denunció (con la impagable y ejemplar colaboración de la “FCM” ¡el espíritu de César!) por los reiterados incumplimientos y tomaduras de pelo de los alcaldes imputados (José Francisco [Yaiza] y (Juan Pedro [Teguise] y el atrevimiento de los inversionistas díscolos, la burrada de licencias “dadas” a tutiplé contra el ordenamiento urbanístico, según se puede constatar de las imprudentes habladurías de los Alcaldes en el Palacio de Justicia en Junio de 2007, imputados en virtud de la decidida y audaz denuncia de Carlos Espino: -José Fco- “...que nunca mira los proyectos porque no los entendería'; ‘que cuando le llevan los documentos a su despacho es porque están listos para que los firme; ‘que firma con algún funcionario del Ayuntamiento y le va explicando lo que está firmando, pero que no lo lee'; ‘que es normal que se emita un informe desfavorable al principio de la solicitud de la licencia y después se corrija y se emita uno favorable'”... Juan Pedro ...'que el trabajo es bastante amplio, por lo que no revisa el informe elaborado por los técnicos'; ‘cuando el expediente se lo pasan a él considera que está todo bien tramitado y cumple la normativa'; ‘que éstas -las funcionarias administrativas- redactan los Decretos y que cuando ellas le pasan el expediente da por hecho que está completo'”... Comentar: que las autoridades en el ejercicio de su cargo, que no lleven a “puro y debido efecto” las Sentencias dictadas por órganos judiciales, se arriesgan infantilmente... a ser inhabilitadas por la vía penal y a pagar las responsabilidades económicas en que hubieren incurrido por dolo, culpa o negligencia grave (Artículos 112 de la Ley 29/1998 de lo Contencioso Administrativo y 145 y 146 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en concordancia con el artículo 410 del Código Penal). Y “no se puede ignorar” (curioso: en iguales términos se expresó en una Sentencia el Magistrado Ponente del Tribunal Supremo por las impertinencias del defensor de Yaiza) que la Administración actuante (en este caso el Cabildo Insular), por ley tiene que pedir la ejecución de las sentencias firmes, llevándolas a “puro y debido efecto” en los términos del fallo, como ordenan categóricamente los artículos 103 y ss. de Ley 29/1998 de lo Contencioso Administrativo, pues al anularse por motivo de fondo, o sea de objetividad legal, el acto de otorgamiento de la Licencia, la obra ejecutada queda con el ‘culo al aire' y no se hable más. Es preciso aclarar que es reiterada la jurisprudencia (Ss. 2 febrero y 2 mayo 1988 y 4 octubre 1996) que declara que la licencia urbanística es un acto administrativo de autorización por cuya virtud se lleva a cabo “un control previo de la actuación proyectada por el administrado, verificando si se ajusta o no a las exigencias del interés público urbanístico” y tal como ha quedado plasmado en la ordenación vigente. Se trata de una actividad reglada; la Administración no es libre en esta materia para decidir si otorga o no una licencia, dado que su competencia es reglada y debe acomodarse a la normativa vigente (Ss. TS, 29 dic.1956, 31 oct. 1958, 9 feb. 1959, 10 nov. 1960, 29 nov. 1968, 21 junio 1972, 21 abril 1978, 7 y 17 nov. 1988, 8 julio, 29 nov. y 26 dic. 1989, 4 y 30 enero 1990, 6 oct. y 17 nov. 1990 y 2, 14 y 20 marzo 1991, entre otras). Constituye un acto debido en cuanto que necesariamente debe otorgarse o denegarse según que la actuación pretendida se adapte o no a la ordenación aplicable. La validez del acto de otorgamiento o de negación de la licencia, está en función de la conformidad o disconformidad con el ordenamiento urbanístico y sanseacabó.
Otra cosa podría ser, si en su caso procediera, que el Cabildo, por causas de “utilidad pública o de interés social” promoviera incidentes ante el Tribunal sentenciador, para que por el Gobierno Central o el de Canarias, se expropien los derechos o intereses legítimos de las sentencias legalizables (Art. 103 Ley CA), tal como ocurrió con la sentencia del “Apartotel Fariones Playa” cuyos derechos de demolición fueron expropiados por el Consejo de Ministros, que muchos, interesadamente afirman que el Apartotel Fariones se dejó sin demoler por las buenas... y esos son falsedades, pues el Ayuntamiento de Tías pidió tal expropiación y punto, tal como el de Arrecife intenta hacer ahora [Enrique, ¡vaya un disparate!. ¡Que te la juegas junto a tus compañeros de Comisión de Gobierno!] con el ilegal Aparcamiento del Islas Canarias (que debe ser demolido, pues en segunda fila del litoral, en las calles Canalejas, La Porra y Coronel Bens), se puede construir uno por el Ayuntamiento de 1.300 plazas, amortizable a 40 años, destinado a dar “competencia leal” necesaria para los vecinos lograr pagar la hora de aparcamiento a 0,15€ (unas 25 pesetas), como servicio municipal.