¿Quién mató a Don Benjamín Santana? (XXIII)
Por Serapio Manuel Rojas de León
“¿Por qué estoy yo aquí? Se equivocan, están equivocados, yo no maté a Benjamín!”
(Youssef Anzaha)
(…) Conseguir la cronología de los hechos en este relato, se pudiera estar volviendo incomprensible. Por ello, debemos hacer un alto con estos renglones y ponernos de nuevo en el lugar oportuno, para ir entendiendo mejor las distintas acciones que se fueron desarrollando.
Unas acciones que curiosamente no se efectuaron para aclarar el asesinato de don Benjamín Santana, sino para conseguir la culpabilidad de Youssef Anzaha. Volvemos a repetir, que a nuestro entender, la Instrucción Judicial no estaba encaminada a resolver y esclarecer ese asesinato, sino que fue una Instrucción Judicial preparada conscientemente, en busca de la condena a un inocente.
El martes día 06 de octubre de 2009, entre las 11:15 y las 11:30 horas de la mañana, se descubrió el cadáver de don Benjamín Santana.
El miércoles día 07 de octubre la Magistrado – Juez en el Apartado Tercero de su Auto Judicial (Folio 9 de la Inst) recogió: "Se ha podido determinar por los vecinos de la zona, según indicaciones de la Guardia Civil, que el mismo había sido visto sobre las 9:00 horas por la localidad de Playa Blanca".
También ese miércoles, día 07 de octubre de 2009, a las 9:30 horas se realizó la autopsia. El Folio 12 de la Instrucción, Informe Médico Forense, recogió que la data de muerte se estimaba entre las 9:30 y las 10:30 horas de la mañana.
El viernes día 09 de octubre de 2009, el Equipo de Investigación de la Guardia Civil, entregó el Atestado Policial y al sospechoso del asesinato, en el Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife de Lanzarote.
Ese Equipo de Investigación de la Guardia Civil, en los Folios 42 y 43 de la Instrucción, a modo de resumen o conclusiones redactaron unos párrafos, diciendo que eran manifestaciones de unos determinados Testigos y que inculpaban claramente al sospechoso.
Después, cuando leemos las Manifestaciones de esos Testigos, Folios 47 y 61 de la Instrucción, descubrimos que les habían dicho todo lo contrario, y no inculpaban para nada al detenido como presunto asesino. Lo que la Guardia Civil había hecho constar en esos renglones es MENTIRA.
Ese Equipo de Investigación de la Guardia Civil, en el Folio 89 de la Instrucción, hizo constar que habían recibido un escrito confirmando la huella del asesino en un interruptor de la luz, que se encontraba en el interior de la vivienda. Ya habíamos comentado, que sospechosamente, ningún Guardia Civil de ese Equipo de Investigación, se responsabilizó de la redacción del Folio 89, pues ninguno lo firmó y tampoco indica ese folio quién lo redactó. Ya hemos comprobado que ese escrito nunca apareció en la Instrucción ni en el Atestado Policial, resultando que era MENTIRA que habían recibido ese escrito confirmando huellas.
Desde el día 08 de octubre, es decir, el día anterior, varios Testigos confirmaron y corroboraron la coartada del sospechoso a ese mismo Equipo de Investigación de la Guardia Civil. No se tuvieron en cuenta estas Manifestaciones, que exculpaban de todas todas a Youssef, como presunto culpable.
Ese día 09 de octubre, la Magistrado - Juez del Juzgado de Instrucción Número 2, en su Auto de Prisión para el sospechoso del asesinato, se INVENTÓ que el crimen lo había cometido en la madrugada. Folios 157 y 158 de la Instrucción. ¿Por qué decimos que se lo inventó?
Pues porque ella misma había redactado dos días antes, el 07 de octubre, Folio 9 de la Instrucción, lo de que "Se ha podido determinar por los vecinos de la zona, según indicaciones de la Guardia Civil, que el mismo había sido visto sobre las 9:00 horas por la localidad de Playa Blanca". Y porque el Folio 12 de la Instrucción, que es el Informe Forense, le indicó claramente, que la victima había fallecido entre las 9:30 y las 10:30 horas. Ese intervalo horario, es más que evidente, que no es en la madrugada.
También ese mismo día, (viernes 09 de octubre) otro Forense volvió a manipular el cadáver de don Benjamín Santana en el Tanatorio de Yaiza, y extrajo más muestras para nuevos análisis. Algunas de esas muestras no pudieron ser analizadas por negligencia e inutilidad forense al introducirlas en formol. (Folio 361 de la Instrucción)
El sábado día 10 de octubre de 2009, a las 12.00 horas del mediodía, tuvo lugar el entierro de la víctima. Ya se comentaba que el presunto asesino había sido detenido y estaba en la cárcel.
El viernes día 16 de octubre de 2009, la Guardia Civil entregó en el Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife de Lanzarote, el Oficio Número 335 con la relación de muestras y pruebas obtenidas en un supermercado, en la vivienda de la víctima y en casa del presunto asesino. Todas estas muestras y pruebas tenían confeccionadas sus respectivas Hojas de Cadena de Custodia. Folios desde el 171 al 182 de la Instrucción.
Todo ello, la Magistrado - Juez, ordenó que se enviaran al Instituto Toxicológico de Canarias para sus análisis. En su Providencia, Folio 183 de la Instrucción de fecha 16 de octubre de 2009, su Señoría la Juez, recogió: “...En relación a las muestras tomadas en el transcurso de la investigación, y que se encuentran depositadas en los recipientes numerados del 60 – 1 al 60 – 10, “remítanse las mismas, junto con los oficios de la cadena de custodia de cada una de ellas”, al Instituto Nacional de Toxicología de Tenerife para que proceda a su análisis y estudio de dichas pruebas de conformidad a lo solicitado en los oficios acompañados a cada una de ellas. ...”
Resultó, que entre todas esas muestras y pruebas, el Equipo de Investigación de la Guardia Civil, no le envió los interruptores a la Juez del Juzgado de Instrucción Número 2, donde supuestamente habían aparecido las huellas de Youssef Anzaha.
El día 05 de noviembre de 2009, el Instituto Toxicológico de Canarias, envió el resultado de sus trabajos de investigación y análisis al Juzgado Número 2 de Arrecife de Lanzarote. Folios desde el 192 al 203 de la Instrucción.
Del resultado de esta investigación se desprendió, que de todas esas muestras y pruebas que la Magistrado – Juez recibió en su Juzgado con sus correspondientes Hojas de Cadena de Custodia, el Instituto Toxicológico de Canarias (Análisis de ADN) y la Brigada Provincial de la Policía Científica de Santa Cruz de Tenerife (Estudio de Huellas), no encontraron relación alguna que indicara que Youssef tuviera algo que ver con ese crimen. Nada le incriminaba. Pero Youssef seguiría en la cárcel.
También, el mismo día 05 de noviembre de 2009, la Guardia Civil procedió a registrar dos escritos en el Juzgado de Instrucción Número 2, Folios 190 y 191 de la Instrucción, diciendo que le habían entregado las llaves de la vivienda de la víctima a su hermano. Ya saben. Esas llaves mágicas, que nadie puede explicar cómo llegaron y quién las llevó hasta esas dependencias policiales. Unas llaves de las que no hay ninguna foto. Unas llaves que nadie puede indicar dónde estaban y en qué lugar se encontraron porque nunca, nunca, se mencionaron en el Atestado Policial, ni en toda la Instrucción Judicial. Unas llaves que no fueron objeto de investigación alguna y que por ello no tuvieron Hoja de Cadena de Custodia.
El día 16 de noviembre de 2009, cuarenta días después, en el Juzgado de Instrucción Número 2, se elaboró un nuevo Informe Forense. El señor Fiscal en el Juicio lo denominó “Informe completo detallado”. Es verdad, que con respecto al Folio 12, es mucho más explicativo y tiene mucho más enjundia. Folios 209 al 216 de la Instrucción. Lo sorprendente de este nuevo Informe, es que se cambió la data de la muerte. A partir de este 16 de noviembre de 2009, el asesinato ocurrió entre las 6:30 y las 7:30 horas de la mañana. Ahora la Juez, ya puede presumir, de que casi fue en la madrugada.
¿Qué hacía Youssef en la cárcel desde el 09 de octubre, si el asesinato fue cometido entre las 9:30 y las 10:30, y él no estaba en Playa Blanca a esa hora? Tenía ese chico una coartada que ya quisieran tenerla muchos sospechosos, y la Juez, con su inventado “en la madrugada”, hasta el 16 de noviembre, no tenía en sus manos un nuevo Informe Forense que le indicara ese horario. ¿Pero y qué decir de la profesionalidad y la honradez del Forense? ¿Es así como funciona la Justicia? ¡Pues coño, coño con la Justicia!
El día 11 de diciembre de 2009, la Magistrado - Juez del Juzgado número 2, presidió el interrogatorio a los Testigos que se estimó conveniente llamar al Juzgado, para que corroboraran sus Manifestaciones realizadas al Equipo de Investigación de la Guardia Civil los días 07 y 08 de octubre de 2009, contestando además, las preguntas que les formulaban el Fiscal, así como los Abogados de la Defensa y de la Acusación Particular.
La Juez no llamó a varios Testigos. Nunca se explicó por qué se excluyó a estas personas, pero imaginamos que decidió que no eran relevantes para su Instrucción. El 24 de Junio de 2010, seis meses más tarde, la Juez explicó por qué no quería oír a uno de ellos. Al Testigo Folio 56.
El Testigo Folio 56, es la persona que manifestó, que él había visto a don Benjamín Santana poco antes de ser asesinado. Este Testigo recibió la visita de unos Policías Municipales del Ayuntamiento de Yaiza, que le indicaron que recapacitara, acerca de si efectivamente había visto a don Benjamín Santana ese día del crimen, o quizás le vio otro día y estaba confundido.
Un año y siete meses después de su Manifestación ante la Guardia Civil aquel día 07 de octubre de 2009, este Testigo compareció en el Juicio ante los Miembros del Jurado. Se ratificó en esa Manifestación. Sin embargo, luego acabó dudando. Terminó diciendo que él no estaba seguro de si había visto a don Benjamín Santana ese día, un poco antes de ser asesinado, o si se trataba de otro día.
Después de 19 meses de ocurridos los hechos, esta duda del Testigo Folio 56 en el Juicio, fomentada por Agentes de la Policía Local de Yaiza, también fue decisiva para la condena al Inocente.
Pero resulta sorprendente, que este Testigo Folio 56, al poco tiempo de aparecer el cadáver de don Benjamín Santana el martes día 06 de octubre, y observando el revuelo de personas, policías, y ambulancias en la zona, se expresaba por la calle con opiniones como la de: “¿Cómo es posible? ¡Si acabo de verle! ¡Si estuve hablando con él hace poco!” y por eso, al día siguiente, miércoles 07 de octubre, así lo hizo constar en su manifestación ante la Guardia Civil.
Sin embargo, pasados ya los 19 meses, en el Juicio, este Testigo empezó a dudar, indicando que ya no estaba tan seguro y que a lo mejor, fue otro día cuando lo había visto. Es muy contradictorio, porque otro día en la calle la Guagua, no pudo observar ese revuelo de personas, ni ambulancias, ni policías.
También ya conocemos además, el disparate del señor Fiscal, diciéndole a los Miembros del Jurado, que esta persona no podía declarar ante la Guardia Civil antes de ocurridos los hechos, dejando a este Testigo como a un perfecto mentiroso: “Si no han descubierto el cadáver todavía. No se ha enterado de nada”, cuando lo cierto, es que realizó su manifestación al día siguiente de la muerte de don Benjamín Santana. Folio 56 de la Instrucción.
También en este 11 de diciembre, las Testigos que en los Folios 42 y 43 de la Instrucción, el día 09 de octubre, las había mencionado el Equipo de Investigación de la Guardia Civil como las personas que habían culpado a Youssef, le volvieron a decir todo lo contrario a su Señoría, y sin embargo, tampoco esta vez se las tuvo en cuenta.
También entre los que sí comparecieron en el Juzgado el 11 de diciembre de 2009, se encontraban los Testigos Folios 72 y 73, que eran hermanos. Recordarán que estos hermanos habían dicho a la Guardia Civil el 07 de octubre de 2009, que oyeron quejarse a una persona, entre las 6:15 y las 6:30 horas de la mañana.
Se ratificaron en ese horario ante la Juez en este 11 de diciembre, pero recordarán que les cambiaron su declaración y escribieron que lo escuchado por la Testigo Folio 72 lo oyó entre las 6:30 y las 6:50 horas, haciéndolo constar en el Folio 260 de la Instrucción y que lo escuchado por el Testigo Folio 73, lo oyó entre las 6:45 y las 7:15 horas, haciéndolo constar en el Folio 261 de la Instrucción.
Supuestamente, estos quejidos eran producidos por don Benjamín Santana mientras era apuñalado. Sin embargo, veamos lo que se dijo en el Juicio con respecto a los posibles gemidos de la víctima:
Uno de los Médicos Forenses, a los Miembros del Jurado: “Sí, podía gritar, pero sería un grito a mi entender tal vez poco efectivo. El clásico quejido, ¿no?, el grito ¡Auxilioooo!, me costaría trabajo entenderlo en un individuo con el 50% de su capacidad respiratoria. Bloqueado, un dolor, me imagino que importante y una perdida de sangre más o menos importante, sí. Ese quejarse. Sí, tal vez. Emitir una solicitud o demanda de auxilio, es posible, pero no creo que con la fortaleza o la intensidad que haríamos con vida nosotros”.
Capitán Instructor del Atestado Policial, a los Miembros del Jurado: “…los gemidos que pudiera emitir una persona que se llevó la puñalada que se llevó Benjamín, probablemente no se oirían, muy probablemente”. “… Según los forenses que nos asesoran del tema, una persona en estas condiciones apenas es capaz de hablar, mucho menos de gritar.”
¿Entonces, qué lamentos pudieron escuchar estos hermanos? El día 07 de octubre, los dos le dijeron a la Guardia Civil, que oyeron unos quejidos entre las 6:15 y 6:30 horas. Los famosos: ¡Ay Dios mío!, ¡Ay Dios mío! Ya sabemos que en ese intervalo horario, la persona que se dirigía a Dios, no era, no podía ser don Benjamín Santana, porque estaba todavía en el restaurante a esa hora.
Ya ve Usted, Señoría. Tantos esfuerzos por hacer cuadrar a su conveniencia horaria, los gemidos que oyeron estas personas, para que coincidieran con la nueva data de la muerte que se había inventado, y resulta que la víctima, apenas podía ser oída, si es que en algún momento llegó a quejarse. ¡Qué cosas! ¿Verdad Señoría?
¿Verdad señor Fiscal? Usted le dijo a los Miembros del Jurado lo de “... encaja lo que dicen los testigos con lo que dicen los forenses. Y punto...” , cuando Usted sabía que nada encajaba hasta que lo hicieron encajar convenientemente. Ya puede ver señor Fiscal, que hasta el punto le sobra.
Hicieron coincidir en el Juzgado, las horas de unos clamores cualesquiera, con el intervalo horario de la muerte que se habían inventado, (6:30 – 7:30) para que Youssef pareciera culpable. ¿Es así como funciona la Justicia? ¡Pues coño, coño con la Justicia!
No recordó el Capitán, ni tampoco el Forense, o es posible que no lo supieran, que la Juez Instructora, el 11 de diciembre de 2009, había cometido la torpeza de aceptar el cambio a las declaraciones de los Testigos Folios 72 y 73, para adaptar los quejidos que escucharon de una persona, al intervalo horario en el que Youssef no tenía coartada, de tal forma, que quien quiera que fuera esa persona que se quejaba, se estuvo quejando desde las 6:30 hasta las 7:15 horas. Ese espacio horario que les interesaba, para que Youssef fuera culpable. ¡Increíble!
Después de este 11 de diciembre de 2009, cuatro días después, el día 15 de diciembre, la Guardia Civil presentó en el Juzgado de Instrucción Número 2, el Oficio 163 / 2009. Folio 267 de la Instrucción.
Es el día 15 de diciembre de 2009. Youssef Anzaha llevaba detenido sesenta y ocho días. (68) Increíblemente, en este Oficio, la Guardia Civil le solicitó a la Juez, dos cosas:
La primera, es que se emita por parte de su Señoría, un Oficio para que autorice a personal de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Tenerife, para que retiren y luego envíen al Servicio de Criminalística de la Guardia Civil en Madrid, las muestras indubitadas suficientes para la obtención de ADN – MITOCONDRIAL del fallecido don Benjamín Santana Cabrera, cuyas muestras indubitadas habían sido remitidas por su Señoría la Juez, al Departamento de Toxicología del Instituto Toxicológico de Canarias, en Tenerife.
La segunda, es que se autorizara por parte de su Señoría la Juez, a personal de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de Tías, para que recogiera la muestra indubitada mediante Frotis Bucal del presunto autor de los hechos, Youssef Anzaha, el cual se encuentra en la Prisión de Tahiche – Lanzarote y enviarla posteriormente al servicio de criminalística de la Guardia Civil (SECRIM – MADRID).
Hicieron constar en los dos últimos renglones lo siguiente: “todo ello observando lo estipulado en lo referente a cadena de custodia de las referidas muestras”.
Usted acaba de leer esto, estimado lector, y no se lo cree. ¿Verdad, que no se lo cree? Sesenta y ocho días después de su detención, la Guardia Civil está pidiendo que les dejen recoger saliva de Youssef Anzaha de la cárcel de Tahiche - Lanzarote, para mandarla a Madrid y realizar análisis de ADN.
Sesenta y ocho días después, están pidiendo que el Instituto Toxicológico de Canarias, les deje alguna muestra de las recogidas en la Autopsia realizada al cadáver de don Benjamín Santana, para enviarla a Madrid y realizar análisis de ADN.
Ustedes lectores, se estarán preguntando, para qué carajos quieren a esas alturas de la investigación, al 15 de diciembre de 2009, realizar nuevos análisis de ADN en Madrid.
Pues recordarán que los interruptores no fueron enviados al Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife, y que por lo tanto, la Juez no los pudo enviar a Tenerife con el resto de las muestras y pruebas. Los interruptores no fueron analizados, para descubrir ADN, por el Instituto Toxicológico de Canarias, ni tampoco fueron analizados por la Brigada Provincial de la Policía Científica de Santa Cruz de Tenerife, para estudiar sus Huellas.
¿Sabía la Juez del Juzgado de Instrucción Número 2, que estos interruptores no se encontraban entre las muestras y pruebas que ella Ordenó que se enviaran a Tenerife para sus análisis, el día 16 de octubre de 2009? Creemos que no lo sabía. Creemos que no tenía ni idea de lo que le habían dejado en su Juzgado. Si lo hubiera visto o estudiado, la pregunta de esta Juez hubiera sido inevitable: ¿Dónde se han dejado los interruptores, señores de la Guardia Civil?
Tal y como ha venido desarrollándose esta investigación policial y judicial, creemos que la Juez no tenía ni idea de dónde se encontraban los interruptores. Lo comprobamos con las muestras de la Hoja de Cadena de Custodia 60 – 3. La Guardia Civil le indicó claramente a su Señoría, que eran bolsas de plástico con posibles huellas del asesino, y que debería enviarlas al Secrim de Madrid. Sin embargo, la Juez Instructora, no tuvo en cuenta esta recomendación porque no leyó, ni tampoco comprobó las muestras y pruebas sobre las que tenía que decidir.
Seguramente, cuando el 05 de noviembre de 2009, leyó el Informe del Instituto Toxicológico de Canarias, descubrió que los interruptores no habían sido objeto de ningún estudio todavía a esa fecha.
Pero si le damos la vuelta y suponemos que sí lo sabía, la incongruencia de la Juez sigue siendo incompresible: ¿Por qué le enviaron unas muestras y pruebas al Juzgado, para que decidiera lo que debía hacerse, y sin embargo, con los interruptores, son otros los que han decidido por ella?
Estamos comprobando, que al 15 de diciembre de 2009, esos interruptores tampoco han sido sometidos a estudio alguno. Para eso quieren nueva saliva de Youssef Anzaha y alguna muestra de la autopsia extraída al cadáver de don Benjamín Santana.
¿No era más fácil, señores de la Guardia Civil, enviarle los interruptores al Instituto Toxicológico de Canarias? Este Instituto, ya tenía los análisis de ADN de la víctima y de su presunto asesino. Por lo tanto, sólo tenían que comprobar que en esos interruptores había, o no había ADN de estas dos personas. ¿Es que acaso esto, no era lo más fácil?
El Instituto Toxicológico de Canarias, no solamente tenía el ADN de la victima y de su presunto agresor. Recordarán, que también tenían el ADN de ocho personas, del resto de los Testigos, cuyas muestras de Frotis Bucal les solicitó la Guardia Civil durante los días 07 y 08 de octubre de 2009, e iban acompañadas de las Hojas de Cadena de Custodia 60 – 5 y 60 – 6.
Sin embargo, qué extraño resulta, que el día 15 de diciembre de 2009, la Guardia Civil sólo quiere las muestras para análisis de ADN, de don Benjamín Santana y de Youssef Anzaha. ¿Por qué? ¿Es que ya sabían que el estudio de ADN a los interruptores, les iba a decir que era el de Youssef Anzaha? ¿Es que no podía encontrarse ADN de otras personas en esos interruptores? ¿Por qué sólo querían la saliva de Youssef? ¿Por qué no les interesaba la saliva del resto de los Testigos? ¿Pero y por qué carajos el día 16 de octubre, junto con el resto de las muestras y pruebas que enviaron al Juzgado, no adjuntaron también los interruptores?
El Equipo de Investigación de la Guardia Civil, envió los interruptores a Madrid por su cuenta y riesgo, creemos que sin saberlo la Juez que instruía la causa. Sin embargo, la muestra de Frotis Bucal de Youssef, se la enviaron a su Señoría al Juzgado, que junto con la de otros Testigos, así como, con una cortina, cuatro cuchillos, un par de zapatos de color beige, un par de zapatos de color negro, unas bolsas de plástico, una toalla, una camiseta, una bermuda, y un chubasquero, la Juez ordenó que se enviaran al Instituto Toxicológico de Canarias para sus análisis.
Ya estarán comprobando ustedes el desastre de sincronización y de coordinación entre el Atestado Policial y la Instrucción Judicial. Los interruptores para análisis de ADN con rumbo hacia Madrid y el resto de las pruebas, junto con las muestras de frotis bucal de todos los Testigos, el de la víctima y el del sospechoso, viajando a Tenerife. Podrán imaginarse ustedes que el resultado de ese cotejo será tremendo. ¿Verdad que sí?
No sabemos qué pensó la Juez, porque nos da la impresión de que es que ni siquiera leyó o visionó esta Solicitud, Folio 267 de la Instrucción, que le hizo la Guardia Civil el 15 de diciembre de 2009, puesto que al final, no consta en la Instrucción Judicial la Orden de esta mujer, profesional de la Justicia, para que fueran a la cárcel de Tahiche – Lanzarote a recoger una muestra de saliva de Youssef, ni tampoco consta la Orden para que retiraran muestras del cadáver de don Benjamín Santana del Instituto Toxicológico de Canarias en Tenerife.
Nada de esto que le solicitó la Guardia Civil a la Juez el 15 de diciembre de 2009, se le envió al Servicio de Criminalística de la Guardia Civil en Madrid. … CONTINUARÁ.