¿Quién mató a Benjamín Santana (II)?
Por Serapio Manuel Rojas de León
(...) El lunes día 05 de Octubre de 2009, la Juez titular del Juzgado número 2 de los de Arrecife de Lanzarote, sobre las 18,30 horas, decidía enviar a la cárcel al ex-alcalde de Yaiza después de varias horas de interrogatorio y que había sido detenido el día 30 de Septiembre junto a su esposa e hijos, los cuales ya habían sido liberados entre el sábado día 03 y el domingo día 04 de Octubre. La Juez abandonó ese lunes el edificio de los Juzgado ya de noche.
Pero Yaiza, que estaba en el candelero informativo desde el 30 de Septiembre con la detención del que fuera Alcalde junto con su familia, al día siguiente martes 06 de Octubre, continuaría en la actualidad informativa por un acontecimiento que ya ocuparía el resto de esa semana. La noticia se producía en la localidad turística de Playa Blanca.
El Juzgado Número 2 de Arrecife, a lo que se ve, estaba bastante liado, además de ocupado con lodo lo que un juzgado conlleva, por lo que intuimos que su Juez titular se hallaba sometida al ejercicio profesional de una semana cargada de trabajo. Ello significa cansancio físico y emocional indiscutible. Queremos resaltar esta circunstancia en favor de la Juez, porque en el siguiente asunto que entra en su competencia por estar de Guardia el martes 06 de Octubre, la diligencia y el acierto no son desde luego dignos de destacarse. Todo lo contrario. Pareciera que la diligencia y el acierto en demasiadas actuaciones y decisiones no son la tónica que más predominan. Nos da la sensación, con todo el respeto que merecen las decisiones judiciales, que en sus apreciaciones con respecto de unos determinados hechos y circunstancias, no tuvo en cuenta cuando menos, que llevaban una carga sustanciosa de dudosa rigurosidad.
Puede que yo también pueda pecar de esta falta de rigurosidad, a la hora de exponer las dudas e interrogantes que su Instrucción de la Investigación me han creado y que me impiden condenar al ya condenado, pero procuraré que no sea así. Las dudas no me las invento yo, me las producen los documentos, la redacción de esos documentos y las formas de proceder.
Los supuestos errores a los que se hace alusión con demasidad frecuencia para justificar a conveniencia determinados resultados, qué casualidad, son los que en gran medida condenan a Joussef Anzaha. Los errores cometidos y raramente subsanados son los que inculpan al ya culpable. Pero sólo pueden verse a medida que se vayan describiendo y haciendo constar dónde se produjeron.
A las 12:45 horas del martes día 06 de Octubre, el Juzgado número 2 recibió la llamada telefónica del puesto de la Guardia Civil de Yaiza, comunicando el hallazgo del cadáver de don Banjamín Santana Cabrera. (Folio 1 de la Inst.)
En el Oficio de la Guardia Civil Número 109 (Folio 6 de la Inst.) que se remitió al Juzgado Número 2, consta que el cadáver fue hallado sobre las 11:30 horas.
La Comisión Judicial acudiría al lugar de los hechos para el levantamiento del cadáver, casi seis horas más tarde. A las 17:15 horas. (Folio 4 de la Inst.)
Pero es evidente, que entre las 11:30 de la mañana y las 17:15 horas de la tarde, sucedieron y ocurrieron hechos de vital importancia. Estos muchos hechos no fueron todos plasmados en el Atestado Policial confeccionado por el grupo de Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil, que se desplazaron desde Gran Canaria para la investigación y esclarecimiento del tremendo suceso.
Incidimos en que entre que se descubre el cuerpo sin vida de don Benjamín Santana y la llegada de la Juez, la Secretaria Judicial, el Médico Forense y los Agentes que se iban a encargar de la investigación, han pasado ya 6 horas. “Seis horas”. Es mi opinión, pero claramente no se fue diligente.
En la diligencia del levantamiento del cadáver (Folios 4, 5 y 6 de la Inst.) se hace constar que la hora de las 17:15 se debió porque se estaba a la espera de que llegaran desde Gran Canaria varios agentes de la Guardia Civil. Agentes que serían los encargados de la investigación.
No puedo hablar, porque las desconozco, de las competencias de los distintos guardias civiles que tenemos en la isla de Lanzarote, pero en determinado momento se hace alusión al equipo de la Policía Judicial de Tías, como Unidad encargada de la investigación. (Folio 191 de la Inst.)
Entonces. Si en Tías hay una unidad de investigación perteneciente a la Policía Judicial de la Guardia Civil, ¿por qué se desplazó un equipo desde Gran Canaria, al que hubo que esperar con la tardanza que eso supuso, para proceder al levantamiento del cadáver?
Yo quiero presuponer que los que llegaron desde de Gran Canaria eran por su mayor y mejor preparación. Puede interpretarse, lógicamente, que nos quieren decir que los que vienen de otra isla es porque los agentes que tenemos en Tías y a los que les competía lo ocurrido en Playa Blanca, no estaban a la altura de poder investigar el suceso acaecido.
No conozco ni a los unos ni a los otros, pero los venidos de fuera, de Gran Canaria, por lo que luego iremos leyendo, tampoco resultaron ser tan extraordinarios.
Pero volvamos a las 11,30 de la mañana del día 06 de Octubre del año 2009 y siempre basándonos en los renglones de la Instrucción. El cadáver de don Benjamín Santana fue descubierto por su sobrina. Este familiar de la víctima acudió a la vivienda que posee anexa a la de su tío y descubrió el terrible acontecimiento. Inmediatamente dio la voz de alarma y contactó con su padre por teléfono. Otro sobrino de la víctima, avisado por una empleada en el bazar donde estaba trabajando y que se encuentra junto a la vivienda de don Benjamín, le comunicó que a su prima le ha debido ocurrir algo y entonces salió fuera y la oyó que por teléfono le dice a alguien lo que le ha ocurrido a su tío y continúa corriendo hacia la vivienda de la victima.
Un vecino de Playa Blanca que se encontraba con el sobrino de la víctima en el bazar, también le acompañó.
El mismo sobrino salió a la calle y dio aviso a una dotación de la Cruz Roja. Ambulancia A- 816. Hizo acto de presencia también una unidad del 112. Ambulancia 1372.
Acudieron al lugar tres agentes de la Policía Local de Yaiza.
De una primera actuación realizada por la dotación de Cruz Roja, se le solicitó a la Policía Local que trajeran al médico de guardia que se encuentra a poca distancia del lugar, en el Centro de Salud.
La Policía Local trajo al doctor que estaba de guardia y a su enfermero entre las 11:50 y las 12:00 horas. Apenas media hora desde la aparición del cadáver.
Puede deducirse que en el lugar de los hechos rondaron y realizaron sus actuaciones un total de doce personas. En principio, que se sepa, no acudió al lugar nadie más. La sobrina, el sobrino, el vecino, los dos componentes de la ambulancia A – 816, los dos componentes de la ambulancia del 112 , la 1372, los tres policías locales, el médico y su enfermero.
En los Folios 39 y 40 de la Instrucción puede leerse: “ninguno contamina el escenario” . Esto resultó ser una afirmación falsa, pues más adelante podremos comprobar que sí se contaminó el escenario del crimen.
En el Folio 39, que redactó el Secretario del Atestado Policial, uno de los agentes venidos desde Gran Canaria, se detallan todas estas personas, pero no hizo constar ni al médico ni a su enfermero. No se les mencionó para nada. ¿Un error? No lo sabemos, pero la Juez no supo que en el lugar también estuvieron estos dos profesionales de la medicina hasta el 26 de Julio del año 2010. El representante del Ministerio Fiscal también se enteraría a partir de esa fecha.
Ese 26 de Julio de 2010, diez meses después del suceso, el abogado que decidió aceptar la defensa de Joussef Anzaha, que ya llevaba ese tiempo en prisión, mencionó a este médico y a su enfermero haciéndolos constar en su Escrito de Defensa. Lo curioso es que a estas dos personas le tomaron huellas del calzado para descarte por contaminación del escenario.
¿Quién llevó a cabo esta actuación, que luego se olvidó de consignarla en el Atestado Policial, y no constan sus manifestaciones de la impresión y opinión de lo visionado y examinado a la víctima? ¿Por qué no recogieron la presencia y la asistencia de estos profesionales de la medicina en el Atestado Policial los agentes de la Judicial? Este dato estuvo oculto diez meses. (…) CONTINUARÁ.