Haría, el dictamen y los CAT´s
Por Ramón Pérez Hernández
Las defensas y pantomimas llevadas a cabo hasta extremos fantásticos por el Sr. Alcalde de Haría: “arrendamiento”, “desahucio”, “son nuestros…”, “continuaré con el desahucio de la Cueva aunque el Cabildo pague los atrasos”… etc., etc., sobre los “CACT´s” que con total legalidad explota la “EPEL” del Cabildo, ha sido, es y será puro humo, es decir, argucia barata. Como analista autónomo lo supongo como un ultimátum a modo de “tótum revolútum” en los símbolos del Alcalde que confunden la realidad legal de asunto tan importante de Lanzarote. Esas insolencias patéticas, que desconcierta a propios y extraños, se confirman por la simple lectura del famoso Informe encargado en 1993 por Haría al Catedrático de Derecho Administrativo Don Luciano Parejo. El Informe, que tanto pedí y que por fin puedo analizar al recibir dos copias por vías diferentes –muchas gracias a los remitentes- es revelador y pone la cuestión en su sitio natural, del que nunca dudé.
Por la lectura del Informe se constata que el Sr. Torres, en su montaje mediático, no tiene en cuenta en absoluto las lecciones y razones jurídico-administrativas del Catedrático Sr. Parejo. Efectivamente, del simple análisis del magnífico Informe, se deduce, repito, la firme consideración jurídica de D. Luciano Parejo “de que el único camino que le queda al Ayuntamiento de Haría en este singular asunto es negociar ineludiblemente con el Cabildo, a ver si llegan a concretar un Convenio y punto”. Si Haría no negocia, entonces la vía que aconseja con firmeza el Sr. Parejo, previo acuerdo Plenario de Haría, es iniciar un Juicio Contencioso. El resultado, que tardará años… con gasto de miles de euros, será impredecible, pues con la nueva Doctrina del Tribunal Supremo sobre reversión de solares cedidos en uso, podría resultar el Pleito a Haría de todo menos lo que cavila el Sr. Torres Stinga. Es decir, un enigma en derecho… arriesgado y costosísimo para el noble Pueblo de Haría.