El decreto de Don Cándido, ¿un descrédito ilegal?
Por Ramón Pérez Hernández
Es posible que sí, que sea un demérito y quizás ilegal, ya que el Sr. Alcalde, Don Cándido en ese Decreto juega al gato y al ratón dando un plazo a la propiedad de 10 días ilegitimo y por ello no acata la orden directa a él dictada por el TSJC de que “cumpla el fallo”. Cumplir el fallo significa acabar con la actividad del Aparcamiento, pues al anularse las ilegales licencias otorgadas en fraude de ley, por “cambiar de uso” una parcela urbana de Arrecife no autorizado por el PGOU, utilizando informe jurídico falso y nulo de pleno derecho por estar solo rubricado sin identificar la firma y por no autorizar la Obra el PGOU de Arrecife, por lo que el Aparcamiento quedó con el culo al aire. La ejecución de la Sentencia, ineludible para D. Cándido, tiene que llevarla a efecto el Sr. Alcalde, tal como le ordenó imperativamente el TSJC según la Ley 29/1998, de lo Contencioso en el artículo 103.2. “Las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen”. Y 103.4. “Serán nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento”.
Los números Segundo, Tercero y Cuarto, del Decreto firmado por el Sr. Alcalde, no se sabe quien lo redactó, qué titulo y cargo posee en el Ayuntamiento, si es asesor jurídico o técnico, etc., son nulos de pleno derecho, tal como recoge el punto 4 del articulo 103, Ley 29/1998 precitado.
El asesor del Sr. Alcalde, en el párrafo Segundo del Decreto, se atrevió a desatinar:…“Condicionar la legalización del… aparcamiento a la subsanación de las deficiencias advertidas en el proyecto de legalización”…; en el Tercero a tergiversar:… “Ordenar el cese de la actividad y clausura de las instalaciones hasta tanto se resuelva el expediente de legalización...”. En el Cuarto apartado del Decreto, el disparate jurídico, para mí una chifladura e insolencia sin vuelta de hoja para el Alcalde, (a no ser que coja el avión y se presente en la sede del TSJC y retire el Decreto), de clara insolencia, desafío a la Justicia, y al TSJC:… Considerar EJECUTADA la Sentencia…”
Sr. ALCALDE, DON CANDIDO: Dura lex ser lex… ("Dura es la ley, pero es la ley").