Costas y el Islote del Francés
Por Ramón Pérez Hernández
La comunicación de la desafectación del litoral de Arrecife por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas a Costas, a petición del Ayuntamiento de Arrecife, ha generado un palique entre políticos y ciudadanos que se preocupan, que son sensibles, con asunto tan importante para Lanzarote, conducta que aplaudo. Traslado, resumidos, algunos comentarios:
“Alguien que sabe” y “Caballero”:El Islote fue declarado Urbano por sentencia del Tribunal Supremo en 1993, posterior a la Ley de Costas de 1988, con lo cual le tocan 100 ms de deslinde, así no les guste a Ud y a su amigo Cortezo.
“Montelongo”: la desafección del litoral impedirá la enajenación de su borde terrestre... y la aplicación de la Ley de Costas, que amplía a cien metros el dominio público marítimo terrestre o zona de protección.
Milagros Betancourt: Bieeeeeeeeennnnn!!!!!!!! Bravooooooooo!!!!!! Al pasar de Puertos a Costas, el 90% del Islote del Francés pasa a ser nuestro de un solo plumazo. Ahora que Costas expropie y nosotros a disfrutarlo. Me gustaría verle la cara a Cortezo y a Reguera…
Bien, para que los lectores entiendan el asunto en base a la legalidad aplicable al caso y evitar errores de interpretación, lean, por favor, las siguientes Resoluciones extractadas: (Se puede acceder al texto íntegro, con los datos de cada BOC)
BOC Nº 051. Miércoles 26 de Abril de 1995 – 757. III. OTRAS RESOLUCIONES – Conserjería .Política Territorial. 757 - ORDEN de 29 de marzo de 1995, por la que se ejecuta la Sentencia firme recaída en los recursos acumulados contencioso-administrativos números 210 y 211/92, que declara suelo urbano El Islote del Francés de Arrecife (Lanzarote). DISPONGO: Único: modificar la Orden de 18 de enero de 1991, en lo relativo a los terrenos que posee Rocar, S.A. en el Islote del Francés de la ciudad de Arrecife, acatando la clasificación de suelo urbano de aquélla con las consecuencias compensatorias que resulten en el momento de la gestión del Plan General de Ordenación Urbana de Arrecife dimanantes de lo establecido en el artículo 62.1, párrafo 2º, del Texto Refundido de la Ley del Suelo.
BOC Nº 072. Viernes 14 de Junio de 1996 – 959.III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial. 959 - ORDEN de 16 de abril de 1996, por la que se establece el sistema de expropiación para obtener el Islote del Francés (Sistema General de Espacios Libres), de Arrecife (Lanzarote). 1º) Resultando que, por Auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 21 de septiembre de 1995, en el incidente de ejecución de la Sentencia nº 738 de 19 de octubre de 1993, promovido por Rocar, S.A., se ordena a esta Consejería a que, previa audiencia al Ayuntamiento de Arrecife, garantice de inmediato los derechos de la demandante mediante el empleo de la técnica expropiatoria o celebración del correspondiente convenio urbanístico.
DISPONGO: Primero: completar la Orden Departamental de 29 de marzo de 1995, estableciendo el sistema de expropiación, a obtener en el 2º cuatrienio, al Sistema General de Espacios Libres, SG-10, Islote del Francés, del Plan General de Ordenación Urbana de Arrecife, incrementando la superficie de suelo de espacios libres indicada en la página nº 2 del estudio económico-financiero para el 2º cuatrienio, añadiendo a la indicada de 154.040 m2 la correspondiente cabida del citado Islote del Francés.
Más claro el agua. El deslinde es de 20 metros. Cortezo como titular Registral del Islote, solo está pendiente de los 78.540m2 en pago de la expropiación ejecutada por el Ayuntamiento. También cabe la idea Icono de Cortezo-Cándido-, dando a Cortezo 5000m2 del Islote con el derecho edificatorio de 10 plantas. Los 78.540m2 consignados en el PG se quedará el Municipio con ellos, limpios de paja y polvo.