La Cámara apoya la supresión del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio
El Pleno del Parlamento de Canarias emitió este lunes el informe favorable al texto del proyecto por el se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el impuesto sobre el IVA y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria. Este acuerdo se trasladará ahora a las Cortes Generales. El Impuesto sobre Patrimonio se suprime en España después de que el Ministerio de Hacienda decidiese terminar con el efecto discriminatorio que produce según la comunidad en el que se aplica. Se trata de un tributo competencia exclusiva de los gobiernos regionales pero que ha sido duramente criticado, dado que el sistema común a aplicar lleva una serie de deducciones diferentes en cada una de ellas, que hacen que sólo por residir en una autonomía u otra se pague más, menos o, simplemente, no se pague.
Asimismo, es un tributo directo sobre el patrimonio físico de las personas físicas a 31 de diciembre de cada año. Grava la capacidad de pago adicional que supone tener un patrimonio y complementa al IRPF, aunque no se solapan. Creado en España en 1977 con una intención censal, empezó como un tributo extraordinario y acabó siendo definitivo. Actualmente, sólo cinco países europeos lo aplicaban (Francia, Suecia, Suiza, Noruega y España) y se prevé que, en los próximos meses, sólo permanezca en Suiza y en Francia. Al ser un impuesto cedido a las comunidades autónomas, su aplicación variaba de unas regiones a otras.
Compromiso de Soria
En Navarra, País Vasco, Ceuta y Melilla no existió y en sólo seis comunidades permanecía como fue diseñado por la Administración estatal: Asturias, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, La Rioja y Murcia. El resto lo modificó elevando al alza el mínimo exento y ofreciendo exenciones a las personas con minusvalía. En 2005, las comunidades recaudaron 1.442,6 millones de euros a través de este impuesto, es decir, 1.553 euros por contribuyente. Este dinero se destina, mayoritariamente, a sanidad y educación. Cabe recordar que el Gobierno, a través de su vicepresidente económico, José Manuel Soria, tenía como compromiso establecer paulatinamente deducciones adicionales en la cuota líquida y en el incremento de los mínimos exentos en el impuesto sobre el patrimonio porque considera que “incurre en doble imposición”, esto es, se grava la renta en el momento de la percepción y cada año cuando se ha convertido en patrimonio.
Complejidad
Este proyecto tiene una gran complejidad por afectar a muchas normas tributarias. Lo integran siete artículos, una disposición transitoria y una disposición final. En primer término, se plantea un conjunto de cambios con el fin de adaptar la legislación fiscal a la reforma de la legislación mercantil en materia contable para armonizarla a la normativa de la UE. En esta Ley se justifican las modificaciones introducidas para mantener la coherencia del IGIC con el IVA, mientras que los motivos por los que se altera la regulación del IVA no presuponen cambios obligatorios en la del IGIC.