jueves. 18.04.2024

El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha cifrado este viernes en 510.000 las solicitudes de ingreso mínimo vital presentadas desde su entrada en vigor a principios de junio. Sin embargo, ha estimado que solo la mitad reunirá las condiciones para su percepción.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá ha realzado esta declaraciones durante una entrevista en Antena 3 en la que ha apuntado que «no esperaba un número tan alto» de solicitudes, que ha calificado de «enorme», y ha precisado que por «experiencias anteriores, al menos, un 50% no cumplirá los requisitos» informa abc.es

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Según ha explicado el ministro, tras el reconocimiento de oficio de un número de prestaciones y la apertura de la vía telemática, han empezado a trabajar con las comunidades autónomas para tratar de reconocer de oficio el ingreso mínimo vital a los beneficiarios de las rentas mínimas autonómicas. «Estamos trabajando para que nos puedan transferir los datos y ver de oficio cuántos cumplen los requisitos para la Seguridad Social», ha indicado Escrivá.

Requisitos

Pero, ¿qué condiciones se exigen para percibir la nueva ayuda? El ingreso mínimo vital establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar y completará las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva, que se distribuirá en doce pagas.

El primer requisito para acceder a la nueva renta será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho.

Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad. Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.

Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia, esta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud. Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de Covid-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Documentación

Para solicitar el ingreso mínimo vital será necesario el DNI o NIE; la inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o tarjeta de identidad de extranjeros; certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad; y el libro de familia,certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

Escrivá advierte de que la mitad de las solicitudes del Ingreso Mínimo no cumplirán los...
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