jueves. 28.03.2024
La Sala de lo Social en Arrecife decreta improcedente pero no nulo el despido del presidente del Comité de Empresa de los Centros Turísticos, Antonio Bonilla, que será readmitido a falta de los recursos que interpondrán tanto la empresa como el propio trabajador

Andrés Barreto: "La empresa fue contra Bonilla con una sanción infinitamente mayor a la contemplada por una sanción grave"

Echedey Eugenio: "En ningún caso se vulneraron los derechos fundamentales de Bonilla, que pudo presentarse a las elecciones sindicales y que sigue siendo presidente del Comité de Empresa". Antonio Bonilla: "Esta dirección de los Centros Turísticos, que no nos representa a ninguno de los trabajadores, está completamente politizada"

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El Juzgado de lo Social Número 1 de Arrecife ha decretado improcedente pero no nulo el despido del presidente del Comité de Empresa de los Centros de Arte, Cultura y Turismo (CACT´s) del Cabildo de Lanzarote, Antonio Bonilla, al que le habían abierto un expediente el pasado mes de octubre, y que será readmitido a falta de los recursos de súplica que interpondrán tanto la empresa, que pedirá que se estime procedente el despido, como el propio trabajador, que reclamará la vulneración de sus derechos fundamentales y la nulidad del despido, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

El motivo del despido fue una presunta “falta de sigilo profesional” que provocó que la dirección de la Entidad Pública emprendiera acciones contra Bonilla y le atribuyera una falta muy grave, relacionada con el acceso a un expediente disciplinario.

Este martes en comparecencia de prensa, el graduado social y representante del sindicato al que pertenece el presidente del Comité de Empresa, Intersindical Canaria (IC), Andrés Barreto, aseguraba que "la empresa fue contra Bonilla con una sanción infinitamente mayor a la contemplada por una sanción grave".

Y es que la sentencia, que todavía no es firme, estima uno de los argumentos de la defensa de Bonilla en lo que Barreto denomina 'teoría gradualista': la falta en que incurrió el trabajador fue grave, pero no muy grave, y el último convenio colectivo cerrado en abril de 2014 contempla para faltas graves dos tipos de sanciones, la suspensión de empleo y sueldo durante un período de 3 a 15 días, o bien la falta de acceso a las promociones internas de la empresa durante 3 años. En ningún caso, ha recalcado Barreto en la rueda de prensa, se contempla el despido del trabajador, que lleva 28 años trabajando para los Centros Turísticos.

A pesar de que la sentencia no es firme, la defensa de Bonilla ya ha solicitado este lunes en los juzgados la readmisión del trabajador y el pago de los salarios no abonados hasta la emisión del fallo. Era competencia exclusiva del trabajador elegir entre la readmisión y una indemnización que en el caso de Bonilla ascendía a los 69.572,16 euros.

La sentencia no estima la vulneración de derechos fundamentales que alegó la defensa de Bonilla, que reivindicó tal precepto aduciendo que el expediente abierto en octubre contra el trabajador no le fue trasladado por parte de la empresa ni a su representación ni a su sección sindical de Intersindical Canaria, y de la que solo se informó al Comité de Empresa. "Por esa razón solicitábamos despido nulo, por vulneración de derechos fundamentales, o subsidiariamente improcedente", ha apuntado Barreto.

Hubo por tanto una falta, según los juzgados, pero ésta fue grave y no muy grave según los tribunales.

Barreto ha asegurado que Bonilla no inició el mensaje de la aplicación whatsapp que portaba detalles sobre el expediente abierto a una trabajadora fallecida, sino que lo reenvió a un grupo de 38 personas y que el verdadero impulso de dicho mensaje era otro compañero, que estuvo presente también en la rueda de prensa.

"Una dirección politizada que no nos representa"

Por ello, ha argumentado que la dirección de la empresa "solo pretendió evitar que Bonilla, como cabeza visible de los trabajadores-que sigue siendo presidente del Comité de Empresa- pudiera presentarse al proceso electoral que se abría a finales del año pasado dentro de los sindicatos".

Por su parte, el trabajador, visiblemente emocionado, ha agradecido el apoyo que ha recibido de su familia y de sus compañeros en todos estos meses y ha denunciado que "esta dirección, que está totalmente politizada, no nos representa a ninguno de los trabajadores de los Centros Turísticos".

Bonilla ha expuesto ante la prensa que"tras la huelga" de agosto de 2017 "todo han sido cortapisas por parte de la empresa". Ha adelantado que la intención del Comité de Empresa sigue siendo "luchar por lo público" y ha anunciado que a partir de ahora lo harán "con más ganas que nunca".

Reacción en la dirección de los Centros

Por su parte, el consejero de los Centros Turísticos, Echedey Eugenio, era preguntado este martes en el programa 'Entre Barrios' de Crónicas Radio-COPE Lanzarote por la citada sentencia y la readmisión del trabajador.

"A la empresa todavía no le ha sido notificada la sentencia, que en todo caso, según me cuenta, contempla como improcedente pero no nulo, el despido de Antonio Bonilla", ha afirmado en respuesta el también portavoz electo de Coalición Canaria (CC) en el Ayuntamiento de Arrecife tras las últimas elecciones del 26 de mayo.

"En ningún caso se vulneraron los derechos fundamentales de Bonilla, que pudo presentarse a las elecciones sindicales y que sigue siendo presidente del Comité de Empresa", ha explicado, tras confirmar que la dirección del Ente público tiene previsto recurrir ahora la sentencia.

"La sentencia dice que no se aplicó la sanción adecuada y reconoce que se cometió la falta laboral, que está tipificada, pero que en el convenio colectivo debe graduarse de otra forma", ha dicho.

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