viernes. 19.04.2024

Por Ramón Pérez Hernández

El Cabildo Insular acaba de informar a la opinión pública isleña que...“la justicia anula otra licencia que el Ayuntamiento de Yaiza concedió a un complejo de las Coloradas. Este es el cuarto complejo turístico cuya licencia es declarada ilegal por los Tribunales de justicia tras los recursos interpuestos por el Cabildo contra los permisos que el Consistorio sureño otorgó durante la moratoria...”.

La sentencia, favorable al inteligente interés del Cabildo de anular la ruin aspiración de algunos traficantes y ciertos brutos ignorantes (dicen que elegidos por el pueblo...) de transformar el territorio en un destino turístico ramplón y devastado, como estos supuestos incapaces-retrasados lo están consiguiendo a marchas forzadas, no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación por lo que, probablemente, el impolítico, irritable e inexperto J.F. Reyes, que rotulan alcalde del meritorio y sosegado pueblo de Yaiza, personaje que viene justificando fieramente, desde hace unos cinco años, su altísimo cariño al libre albedrío, repudiando, en plan zorrúo, el concierto con la colectividad general insular al que viene obligado en su condición de primer edil de un municipio fundamentalmente turístico, en algo tan sustancial como es el principio de legalidad... ordenará a su intermediario jurídico de siempre, interponer los recursos habidos y por haber... para retrasar, retrasar como uso y costumbre del lugar.

La aplicación práctica del Plan Insular de Lanzarote, no ha estado exenta de dificultades derivadas de la fijación de la isla como unidad espacial de planificación de ciertos usos, singularmente de los turísticos, [y otros laberintos creados artificiosamente por el dispuesto de turno, holgadamente retribuido con peculio del arqueo...] lo que ha enfrentado en muchas ocasiones a los órganos de gobierno de la Isla con ciertos Consistorios que, invocando una concreta interpretación de la autonomía local, han preferido administrar fragmentariamente la demanda inmobiliaria turística y presentarse como competidores del municipio vecino.

Está claro que la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias opta por un legítimo y útil sistema de planeamiento integral [de la Isla], es decir, de futuro garantizado, que contempla todas las variables que inciden en la planificación, a cuyo efecto se establece una estructura jerarquizada de las figuras de planeamiento, con clara predominancia de los instrumentos que ordenan los recursos naturales y de los criterios ambientales sobre la ordenación y determinaciones de estricto contenido territorial y urbanístico. En este marco la LoTC considera la isla como unidad de referencia obligada para desarrollar las políticas territoriales y medioambientales, estando presidido el planeamiento por la figura del Plan Insular de Ordenación, cuya competencia corresponde al Cabildo Insular.

Yaiza-Cabildo, una más
Comentarios