jueves. 25.04.2024

FOTOS: JOSE CURBELO

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palma dejó visto para sentencia este lunes el juicio contra cinco jóvenes de origen marroquí acusados de colaborar en la introducción de más de 1.800 kilos de hachís distribuidos en 59 fardos en la playa de Los Cocoteros, Costa Teguise, en junio de 2005, un delito por el que el fiscal solicita 5 años de cárcel para los cinco imputados. Frente a ello, los tres abogados defensores sostienen una petición de 3 años de prisión para tres de los acusados y la libre absolución para otros dos, basándose principalmente en las dificultades de la Guardia Civil para reconocer a los detenidos en el punto en que descargaban la droga, así como en la lejanía espacio-temporal en que se desarrollaron las posteriores detenciones con respecto al lugar de desembarco.

Nueva sesión maratoniana de la Audiencia Provincial de Las Palmas desplazada estos días hasta el Palacio de Justicia de Arrecife. En esta ocasión eran cinco jóvenes marroquíes los acusados que se sentaban en el banquillo, todos ellos procesados por participar presuntamente en la introducción, por la costa nordeste de Lanzarote, de unos 1.870 kilos de resina de hachís procedentes de Marruecos.

Dos de los tres acusados que permanecen en prisión desde el 5 de junio de 2005 reconocieron su autoría en los hechos. Para los cinco acusados el Ministerio Fiscal pidió ayer una sentencia de al menos 5 años de cárcel por un delito contra la salud pública o tráfico de drogas, frente a las mínimas condenas de 3 años que pide la defensa para estos tres acusados y la libre absolución para otros dos, hermanos entre sí.

Los hechos

Durante la madrugada del 5 de junio de 2005 un par de agentes de la Guardia Civil de Costa Teguise patrullaban de forma rutinaria por uno de los miradores de la playa de Los Cocoteros, cuando se percataron, con ayuda de cámaras térmicas, de que más de una decena de individuos cargaban múltiples fardos desde una zodiac hasta una furgoneta de grandes dimensiones que aguardaba a pie de playa.

Tras dar aviso a la central de la Guardia Civil para desplegar un dispositivo, la pareja de agentes se dirigió hacia la furgoneta frontalmente para cortarle el paso.

En ese momento todos los presentes huyeron, salvo dos de ellos, produciéndose al menos otras tres detenciones posteriores a varios kilómetros del lugar, en Costa Teguise, y con una diferencia temporal de varias horas. Mientras la zodiac huía hacia alta mar tras el desembarco, dos de de los cinco acusados eran localizados, uno de ellos -que aseguró que vino con otras cinco personas en la zodiac- en la parte de atrás de la furgoneta y el otro en el asiento del conductor.

Tras la estampida, el primero fue detenido y el conductor del vehículo alquilado pudo huir a pie. Según la versión de acusados, testigos y guardias civiles, tras comprobarse que se trataba de hachís, los agentes montaron un amplio dispositivo para dar con el resto de los implicados. Así, según expuso el fiscal, el conductor de la furgoneta huyó en taxi a Arrecife, pero regresó a Costa Teguise para recoger a tres de los acusados, que en esos momentos deambulaban por zonas aisladas de malpaís.

Tras regresar en otro taxi hasta la gasolinera de la Shell, donde al parecer intentó sin éxito recargar su teléfono móvil, se dirigió en el mismo taxi hasta el hotel Oasis, donde trató de telefonear a sus compañeros para recogerlos cerca del Hotel Beatriz. Sin embargo, justo cuando los otros tres acusados se acercaban al vehículo apareció una patrulla de la Guardia Civil, cuyos agentes al parecer reconocieron al menos a uno de los implicados en el desembarco, produciéndose entonces la detención de esos tres imputados junto al cuarto, que había acudido en su búsqueda.

Ésta era, al menos que se tuviera constancia, la quinta zodiac que llegaba ese año hasta las costas lanzaroteñas, donde habitualmente suelen arribar con un mayor número de barcas al litoral nordeste.

Argumentos y peticiones

Tras la comparecencia de tres de los agentes que intervinieron en el dispositivo, del propio taxista que transportó al supuesto conductor de la furgoneta desde Arrecife hasta Costa Teguise y de una empleada de la empresa en la que fue alquilado el vehículo para el transporte terrestre de la droga, para la defensa quedó claro que los acusados fueron, en todo caso, “meros peones” de una operación organizada por lo visto por un tal Yamal.

La defensa considera que no hay fundamentos suficientes para achacar a los detenidos tal delito, toda vez que los autores del mismo, a su juicio, apenas fueron reconocidos por los agentes, mientras que las detenciones se produjeron a varios kilómetros de Guatiza y al menos unas tres horas después del desembarco. Los abogados apuntaron también que las ropas de los detenidos no estaban mojadas ni húmedas, como también negaron al menos dos testigos.

Mientras la parte acusatoria cree más que probados los hechos que se imputan, la defensa esgrime diversas contradicciones en las declaraciones de los guardias civiles que participaron en las detenciones: que los fardos estaban dentro la furgoneta o ya cargados en su interior cuando intervino la fuerza actuante; que a uno de los detenidos se le arrebataron las llaves de su domicilio sin más explicaciones; que si el recuento de la droga se efectuó en Guatiza o una vez en el cuartel... Notorias nimiedades que en justicia, a buen seguro, podrían rebajar la condena inicial hasta los 3 años para tres de los acusados y arrancar la libre absolución para los otros dos.

Condena agravada

El delito contra la salud pública debe castigarse, según el fiscal, teniendo en cuenta la gravedad de la cantidad de de droga que los imputados supuestamente desembarcaban en la costa lanzaroteña. En consecuencia, la acusación considera que debe aplicarse el mayor de los grados contemplados en las penas aplicables al tráfico de una sustancia como el hachís, recogidas en el apartado tercero del artículo 373 del Código Penal.

Por el contrario, los tres abogados defensores sostienen que dicho precepto no es de aplicación a pesar de la abultada cantidad de droga aprehendida, ya que el Tribunal Supremo (TS) ha sentado jurisprudencia en reiteradas ocasiones al estimar con un grado medio de gravedad distintos casos anteriores en los que anteriormente se habían incautado altas dosis de esta misma droga. Como ejemplo, uno de los letrados expuso que en una sentencia, el TS no consideró que había extrema gravedad en un delito de tráfico de drogas en el que fueron aprehendidos en total nada menos que 2.780 kilos de hachís.

En unos veinte días aproximadamente se conocerá la sentencia, aún no definitiva pues cabrán distintos recursos, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial.

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