martes. 16.04.2024

Fotos: Dory Hernández/José Curbelo.

ACN-El consejero de Medio Ambiente Domingo Berriel anunció que el departamento autónomo que dirige prepara una nueva norma jurídica a la que podrían acogerse determinados núcleos poblacionales de Canarias que, en casos de conflicto social, permitiría atender las demandas vecinales de núcleos de población canarios que tienen la clasificación de suelo rústico, pero que precisan reconocer su carácter urbano, sin que ello produzca menoscabo del interés general.

Este es el caso del Caserío del Golfo, localidad del municipio lanzaroteño de Yaiza, que podría consolidar así su carácter urbano (y por tanto gran parte de las edificaciones allí preexistentes a la Ley de Costas de 1988), “estableciendo la línea de servidumbre a los 20 metros, recuperando el dominio público marítimo-terrestre como patrimonio de todos, y todo ello salvaguardando los valores naturales de este importante Espacio Natural Protegido”, apuntó Berriel. Sin embargo, el consejero especificó que la competencia para establecer el deslinde de la zona de dominio público marítimo-terrestre es del Ministerio de Medio Ambiente, y no del Gobierno de Canarias.

El Caserío del Golfo tiene la clasificación de Suelo Rústico en el Plan General de Yaiza de 1973, instrumento de planeamiento vigente con anterioridad a la Ley 22/1988 de Costas. Dicha Ley recoge que los terrenos clasificados como suelo urbano estarán sujetos a las servidumbres establecidas en la misma, con la salvedad de que la anchura de la servidumbre de protección será de 20 metros.

Por otra parte, Berriel recordó que, ni en el Texto Refundido del año 2000, ni en las Leyes de Espacios Naturales, el núcleo de El Golfo, en el Parque Natural de Los Volcanes, fue excepcionado y declarado compatible con dicho Parque Natural, por lo que el Plan Rector de Uso y Gestión que lo ordena tendría que clasificarlo como Suelo Rústico de Protección Paisajística, superpuesto con Suelo Rústico de Protección Costera en la franja de los 100 primeros metros a partir del deslinde de la zona marítimo terrestre actualmente vigente, salvo que, como pretende la Consejería de Medio Ambiente, se modifique la legislación vigente.

Con la actual normativa, para las edificaciones incluidas en estas categorías de suelo rústico se establece un régimen jurídico de fuera de ordenación, que permitiría las obras de mantenimiento y conservación a aquellas edificaciones que cuenten con las oportunas autorizaciones administrativas o en las que la acción para el restablecimiento de la legalidad por parte de la administración se encuentre prescrita, como es el caso que nos ocupa.

Por el contrario, cabe la posibilidad de que se reconozca el carácter urbano de El Golfo, puesto que, según el consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial “hay argumentos sólidos para demostrar que el deslinde se puede hacer de forma diferente a la de ahora, pasando en este caso la línea de servidumbre de 100 a 20 metros”. Entre otros, hizo referencia a una fotografía de la zona proporcionada por Grafcan, que demuestra que en el año 1985 el núcleo del Golfo era ya un pequeño entramado urbano, con consolidación edificatoria y acceso rodado. Berriel señaló asimismo que su departamento está a la espera de que el Ayuntamiento de Yaiza certifique que el núcleo del Golfo tenía con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Costas los servicios urbanísticos propios de un Suelo Urbano.

Una nueva normativa del Gobierno canario reconocerá el carácter urbano del Caserío de...
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