jueves. 25.04.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado el recurso de la familia propietaria de la mayor parte del islote de Alegranza y ha declarado la nulidad del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Archipiélago Chinijo, lo que abre la vía a la indemnización.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, adelanta este miércoles el diario Canarias 7, ha notificado este martes la sentencia que, estimando un recurso de la familia Jordán –propietaria del 92% de suelo del islote de Alegranza– declara nulo el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Archipiélago Chinijo (la isla de La Graciosa y los islotes de Alegranza, Montaña Clara, Roque del Este y Roque del Oeste), esto es, la herramienta legal articulada por el Gobierno canario para preservar el espacio natural.

El fallo de la Sala es susceptible de recurso ante el Supremo. La resolución no acoge la pretensión de la familia Jordán de ser indemnizada -los Jordán habían peritado a su favor 63 millones de euros- por las restricciones de uso que operan en la parte de Alegranza de su propiedad frente a la tolerancia al disfrute de la zona pública pero sí abre la puerta a que este parte iniciar un nuevo proceso exigiendo una compensación por indemnización o expropiación.

Los tribunales tumban el Plan Rector del Archipiélago Chinijo
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