sábado. 20.04.2024
El caso fue interpuesto por el Ministerio de Fomento en 2006

La Justicia absuelve a Arnáiz de la presunta desobediencia a Fomento en la paralización del concurso de la Gran Marina

El Ministerio Fiscal solicitó inicialmente diez meses de multa con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de un año y seis meses

El titular del juzgado de lo Penal número cuatro de Las Palmas, Francisco Javier García García-Sotoca, ha absuelto al ex presidente de la Autoridad Portuaria, José Manuel Arnáiz, de un presunto delito de desobediencia grave contra el Ministerio de Fomento que ordenó la paralización del concurso del Puerto Ciudad de las Palmas de Gran Canaria (conocido como la Gran Marina).

El caso fue interpuesto por el Ministerio de Fomento en 2006, siendo presidente del ente portuario por aquel entonces el socialista Emilio Mayoral, hoy asesor de política territorial del Cabildo de Gran Canaria.

El origen del contencioso fue la negativa de Arnáiz de aceptar las presiones de Fomento para anular el concurso de la Gran Marina que promovía el Gobierno de Canarias, Ayuntamiento de Las Palmas, el Cabildo de Gran Canaria y la propia Autoridad Portuaria.

El juez ha declarado probado que “el secretario general de Transportes del Ministerio de Fomento en resolución de fecha 25 de noviembre de 2004, acordó la incoación de expediente de revisión de oficio del concurso restringido para el desarrollo de la actuación Puerto-Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria” y se adoptó como medida cautelar “la suspensión de la ejecución del pliego de bases de dicho concurso y la suspensión cautelar de las actuaciones jurídicas y materiales de ejecución que se deriven del mismo”.

En particular, estas actuaciones hacían referencia a las propuestas que se hubieron presentado, la exposición de la propuesta de cada uno de los equipos presentados y la publicación o exposición al público de las mismas. Pero fueron entre el 1 y el 3 de diciembre de 2004 cuando se expusieron públicamente los proyectos que competían en el concurso restringido, en primer lugar en las oficinas de la Autoridad Portuaria para el jurado del concurso y posteriormente en el edificio Miller para el público en general. El día 21 de enero de 2005, el jurado del concurso adjudicó el proyecto referido a los arquitectos César Pelli y Carlos Ferrater.

El acusado José Manuel Arnáiz Bra, presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas en el momento de los hechos, “actuó en la convicción ineluctable de la falta de competencia de la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento para dictar la resolución de fecha 25 de noviembre de 2004”, según expone la sentencia.

El Ministerio Fiscal solicitó inicialmente diez meses de multa con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de un año y seis meses por el presunto delito de desobediencia grave. La resolución, que ha sido dictada hoy, es susceptible de presentación de recurso de apelación en los próximos diez días.

La Justicia absuelve a Arnáiz de la presunta desobediencia a Fomento en la paralización...
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