miércoles. 24.04.2024
A pesar de que a Juan Ramírez le queda aún el recurso de súplica ante el propio tribunal, todo apunta a que desde la Audiencia Provincial ya se ha comenzado con la ejecución de la sentencia

La Audiencia da un plazo de 10 días a Juan Ramírez para entrar en prisión

El ex alcalde de Haría fue condenado el pasado mes de enero por el Tribunal Supremo a tres años y seis meses de cárcel por un delito de falsedad en documento público cometido en el arrendamiento de un edificio para uso municipal conocido como Villa Dolores

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dado un plazo de diez días al ex alcalde de Haría Juan Ramírez para ingresar en prisión, según manifestó el alcalde de Haría, José Torres. A pesar de que a Juan Ramírez le queda aún el recurso de súplica ante la propia Audiciencia Provincial, todo apunta,en opinión de Torres, que desde la Audiencia Provincial ya se ha comenzado con la ejecución de la sentencia que condena a Juan Ramírez a tres años y seis meses de cárcel por un delito de falsedad en documento público cometido en el arrendamiento de un edificio para uso municipal conocido como Villa Dolores.

Como se sabe el Ayuntamiento de Haría recibió esta misma semana un escrito de la Audiencia Provincial, en el que se instaba a la corporación norteña a comunicar un auto por el que se ordenaba a su alcalde, José Torres Stinga, el cese del portavoz del Centro Canario (CCN), Juan Ramírez Montero, como concejal de la institución, para dar cumplimiento a la sentencia dictada el pasado mes de enero por el Tribunal Supremo.

El pleno ordinario en el que se dió cuenta de la decisión judicial se celebró este mismo jueves. Según las fuentes consultadas, el grupo de gobierno no tenía otra opción que convocar de forma inmediata el pleno para dar cuenta del auto dictado por la Audiencia Provincial el pasado 4 de marzo. La sentencia supone la casación y anulación de otra emitida el 26 de octubre de 2006 por la Audiencia Provincial de Las Palmas que fue recurrida por el Ministerio Fiscal tras absolverse entonces a Ramírez Montero y a otros dos acusados, la ex secretaria del Ayuntamiento Teresa Caba y el arrendador de la finca, Rafael Pedro Perdomo Reyes. Este último fue condenado también a dos años de prisión por falsedad en documento público en una sentencia de la que fue ponente el magistrado Diego Ramos Gancedo, estando además la Sala de lo Penal compuesta por los magistrados Julián Sánchez Melgar y Francisco Monterde.

Los hechos

Los hechos a que se refiere la sentencia se remontan a 1995, cuando en octubre de ese año Ramírez Montero y Perdomo firmaron un contrato de arrendamiento por 5 años del inmueble "Villa Dolores" por una renta de 150.000 pesetas mensuales para destinarlo a mercado de artesanía, aparcamiento y parque.

No obstante, la sentencia indica que los acusados modificaron después el contrato mediante “la introducción subrepticia de una cláusula adicional” que habría alterado “dos elementos esenciales” del contrato como su precio y tiempo de duración, para intentar optar a una subvención.

Aunque la Audiencia Provincial exculpó a los acusados argumentando porque el contrato no llegó a hacerse efectivo, el Tribunal Supremo consideró “incontestable” la alegación del ministerio Fiscal para recurrir aquella sentencia, pues se trataría de un dato "que en nada afecta a la falsificación".

En este sentido, se compara el caso con la falsificación de un cheque "que al ser presentado al cobro no se hace efectivo por detectar el banco la falsedad", pues tanto en uno como en otro se estaría ante "una falsificación consumada y estafa intentada en concurso instrumental".

La Audiencia da un plazo de 10 días a Juan Ramírez para entrar en prisión
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