jueves. 18.04.2024

La Audiencia Provincial de La Palmas ha condenado a 6 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a Joaquín González Bravo, residente en Lanzarote y de 27 años de edad, como responsable penal, en concepto de autor, de un delito continuado de prostitución y corrupción de menores previsto y penado en el artículo 189.1.b) y en el artículo 189.3 a) y b) del Código Penal.

El condenado estaba en posesión de unas 650 fotografías de menores realizando prácticas sexuales de forma explícita, que, tal y como considera probado la Audiencia, descargaba y compartía con otros usuarios encontraron en el disco duro de su ordenador personal, que se encontraba

en su domicilio, en la Urbanización Montaña Roja de Playa Blanca (Yaiza).

Según los hechos que rezan en la sentencia, entre los meses de octubre de 2005 y febrero de 2006, el acusado, sin antecedentes penales, "con la intención de satisfacer sus deseos libidinosos y los de terceros", descargó y compartió con otros usuarios de la red, al menos en cinco ocasiones, ficheros de contenido pornográfico, en los que figuraban fotografías e imágenes explícitas de menores de edad, varios de ellos de edad notablemente inferior a los trece años, realizando prácticas sexuales de todo tipo con otros menores o con personas mayores de edad.

Las descargas se produjeron a través de una de las redes de intercambios de ficheros (Peer to Peer), en concreto, la red Edonkey, y a través del programa Emule.

Señala la Audiencia que el acusado era consciente de que al descargarse los citados archivos pornográficos, los mismos eran compartidos con otros usuarios de la red, ya que el sistema es de “beneficio creciente, es decir, cuantos más ficheros comparta más privilegios tendrá a la hora de bajar contenidos”, por lo que “el interés del usuario de pornografía infantil es compartir sus colecciones”. Por tanto, se ha considerafo probada su participación directa, material y voluntaria.

La posesión de las 650 fotografías de menores no fue negada por el autor del delito, aunque durante el juicio, que se celebró el pasado mes de abril en Arrecife, basara su defensa en que “desconocía que al mismo tiempo que se descargaban los citados archivos se compartían con otros usuarios de la red”.

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