Impreso_solicitud_ayuda_1_1_.pdf
La Consejería de Participación Ciudadana del Cabildo insular de Lanzarote informa que la Asociación Mercedes Medina Díaz ha convocado una ayuda para estudiantes que en 2012-2013 cursen, en centros españoles, enseñanzas universitarias con validez en todo el territorio nacional, adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado.
De acuerdo con sus objetivos fundacionales y estatutos y con la conciencia de que la Universidad, en palabras del ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, la Asociación Mercedes Medina Díazes “una pieza clave para que nuestro país alcance cotas de competitividad e innovación, necesarias para cobrar protagonismo en el mundo”.
De esta forma, la Asociación desea colaborar con la formación universitaria de jóvenes residentes en Lanzarote.
Tal y como aparece reflejado en las bases de la convocatoria, la ayuda tiene como finalidad la adquisición por parte de la persona
seleccionada de una formación universitaria en su primera etapa.
De conformidad con el impulso al fomento de la formación cultural y
académica, la ayuda que se convoca se concederá de forma directa,
atendiendo al aprovechamiento académico y a los niveles de renta y
patrimonio con que cuente la unidad familiar del solicitante y a circunstancias especiales de los solicitantes.
Así mismo, pueden optar a esta ayuda los alumnos que cursan sus estudios universitarios de educación a distancia que residan en la isla y que carezcan de centro asociado o colaborador.
La propuesta de resolución incluirá una propuesta de adjudicatario de la
beca y una lista de dos suplentes, compuesta por orden de puntuación, por los candidatos aceptados que no hayan resultado adjudicatarios de la ayuda.
REQUISITOS
1. Personales
. Ser nacido en Lanzarote o llevar residiendo en la isla un mínimo de tres
años.
2. Académicos
. Haber cursado al menos un curso lectivo, previo a los estudios
universitarios, en cualquier Centro de la isla de Lanzarote.
. No estar en posesión de un título del mismo o superior nivel al
correspondiente al de los estudios para los que se solicita la ayuda.
. Estar matriculado en algún título oficial de enseñanza universitaria de
Grado, para el curso 2012-2013 de un mínimo de 60 créditos, es decir en
régimen de dedicación académica a tiempo completo.
3. Económicos 2
3.1 Fotocopia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2011.
3.2 En relación con los miembros computables para el cálculo de la renta
familiar a efectos de ayuda, son miembros computables de la familia, el
padre, la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del
menor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de
veinticinco años y que conviven en el domicilio familiar a 31 de diciembre de
2011 o los de mayor edad, cuando se trata de personas con discapacidad así
como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo
domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. En
el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes,
también se consideran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la
persona a la que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los
hubiere y que convivan en el mismo domicilio.
3.3 En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se
considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el
solicitante de la ayuda. Tendrá, sin embargo, la consideración de miembro
computable y sustentador principal en su caso, el nuevo cónyuge o persona
unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del
cómputo de la renta y patrimonio familiares.
3.4 En los supuestos en los que el solicitante de la ayuda sea un menor en
situación de acogimiento, será de aplicación a la familia de acogida lo
dispuesto en los párrafos anteriores. Cuando se trata de un mayor de edad
tendrá la consideración de no integrado en la unidad familiar a estos efectos.
3.5 En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o
independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil,
deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios
suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el
alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los
ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto
de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no
probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio
familiar, a efectos de ayuda, se computarán los ingresos correspondientes a
los miembros computables de la familia a que se refieren los apartados 3.2 y
3.3 anteriores.
OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
. Respetar los estatutos de la Asociación Mercedes Medina Díaz.
. Aceptar todas las normas de la presente convocatoria.
. Comunicar por escrito la aceptación de la ayuda concedida, una vez
recibida la notificación oficial de la adjudicación.
. Realizar los estudios para los que ha sido concedida la ayuda.
CUANTÍA DE LA AYUDA
La dotación total de la ayuda será de 2700 euros, que será abonada en 9
mensualidades de 300 euros cada una, del 1 al 5 de cada mes.
DURACIÓN DE LA AYUDA
La duración de la ayuda será de un año, renovable.
FORMALIZACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Los solicitantes tendrán que presentar la siguiente documentación:
a) Impreso que se facilitará, previa solicitud a la Secretaría de la
Asociación por correo postal o a través del correo electrónico
b) Fotocopia del carné de identidad.
c) Expediente académico de los dos últimos cursos.
d) Curriculum vitae acreditado
Si la solicitud no reuniera todos los requisitos se requerirá al interesado
para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se
entenderá que ha desistido de su petición.
Los interesados en conseguir esta ayuda deben entregar la documentación
en la sede de la Asociación (Calle José Antonio Primo de Rivera, número 84,
primer piso, 35500. Arrecife de Lanzarote), en un sobre cerrado en mano o
por correo certificado, antes del 30 de septiembre de 2012.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
La convocatoria general de la presente ayuda se cerrará el día 30 de
septiembre de 2012.
JURADO DE LA CONCESIÓN DE LA AYUDA
Para la valoración de las solicitudes presentadas, objeto de esta
convocatoria, se constituirá un Jurado formado por los miembros de la Junta
directiva de la Asociación Mercedes Medina Díaz más dos miembros
propuestos por la misma.
El fallo del jurado no estará sujeto a apelación y se hará público el día 15
de octubre de 2012.
Los candidatos, por el solo hecho de solicitar la ayuda, renuncian a toda
clase de acción judicial o extrajudicial contra la decisión del Jurado,
aceptando el fallo en los términos en que se produzca.
Concedida la ayuda, la Asociación y el Jurado no tendrán obligación de
mantener correspondencia sobre el fallo, ni de atender las reclamaciones de
los solicitantes.
RENUNCIA E INCUMPLIMIENTO
El estudiante seleccionado podrá renunciar a la ayuda en cualquier
momento, presentando la renuncia por escrito, con diez días de antelación, al
Presidente de la Asociación.
SUPLENCIAS
En el caso de renuncia y/o pérdida de la ayuda por incumplimiento, se
procederá a ofrecer el disfrute de la ayuda vacante a los suplentes, utilizando
para ello el orden de prelación de la lista de suplentes.
El suplente que renuncie a aceptar la ayuda ofrecida, pasará a ocupar el
último puesto de la lista de suplentes.
INCOMPATIBILIDAD
La ayuda de la presente convocatoria no es incompatible con cualquier
otra ayuda, beca o subvención de análoga naturaleza, concedida por
organismos públicos o privados, durante el período de disfrute de la misma,
destinada para el mismo fin.
ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la
convocatoria.