miércoles. 24.04.2024

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La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, al objeto de proceder a la protección de la legalidad urbanística, ha notificado a un ciudadano la Resolución por la que ordena la suspensión de las obras situadas en el lugar denominado Rincón de la Paja-Famara, del término municipal de Teguise (Lanzarote), así como cualquier actuación que se realice sin contar con los preceptivos títulos habilitantes, según anuncio publicado hoy jueves en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

El organismo público de naturaleza consorcial publica en el BOC la Resolución que ordena esta suspensión, al no haber podido notificar la misma al interesado de conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En la notificación, la Agencia también comunica al interesado proceder al precintado de las obras, y en su caso de la maquinaria y materiales afectos a aquella, y requiere al ciudadano para que en el plazo de tres meses inste a la legalización de las obras, mediante solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística.

Además, advierte que el incumplimiento de la orden dará lugar a la retirada de la maquinaria y materiales, siendo de cuenta del afectado los gastos que se ocasionen; a la imposición mientras persista, de hasta diez multas coercitivas sucesivas, impuestas por períodos de diez días y en cuantía, en cada ocasión, del 5% del coste de las obras y, en todo caso y como mínimo, de 601,01 euros; y a poner en conocimiento de la jurisdicción penal los hechos por ser presuntamente constitutivos de un delito tipificado en el artículo 556 del Código Penal.

No obstante, también advierte al responsable o responsables de la alteración de la realidad que si repusieran ésta, por sí mismos, a su estado anterior, en los términos dispuestos por la administración, tendrán derecho a la reducción de un setenta y cinco por ciento de la multa.

La Agencia también informa que el incumplimiento de esta orden es constitutivo de infracción muy grave tipificada en el artículo 202.4.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y sancionada con multa de 150.253,03 a 601.012,10 euros.

De manera paralela, el organismo público también requiere a las compañías suministradoras de energía eléctrica, agua, gas, telefonía y cable en orden a la no concesión del suministro de los servicios correspondientes.

El incumplimiento de este requerimiento constituye una infracción grave tipificada y sancionada con multa de 6.010,13 a 150.253,03 euros, en artículos del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

La Agencia del Medio Urbano y Natural ordena suspensión de obras en Teguise
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