jueves. 28.03.2024

Por el Doctor Lorenzo Manuel Pérez Negrín, miembro de la Sociedad Canaria de Neumología y Cirugía Torácica (Neumocan)

A lo largo de las últimas semanas, se ha venido produciendo un continuo goteo de noticias y opiniones en los medios de comunicación, acerca de la intención del Gobierno de modificar la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo, y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. Esta modificación estará en sintonía con las directrices de la Unión Europea, que prevén un horizonte de espacios cerrados libres de humo de tabaco en toda la Unión en el año 2012.

El 70% de la sociedad española aprueba una modificación de la Ley, para prohibir el consumo de tabaco en cualquier espacio público cerrado. Este porcentaje incluye a la mitad de los fumadores activos, que también están a favor de estas modificaciones. Por fin, el ¿debate? ha dejado de estar centrado en los aspectos sanitarios de la Ley. Eso significa que todos estamos de acuerdo en que el consumo de tabaco es la principal causa evitable de muerte y enfermedad en nuestra sociedad. A los más de 50.000 fumadores activos que fallecen anualmente en nuestro país por enfermedades directamente atribuibles a su consumo de tabaco, tenemos que sumar las 3.000 personas que también mueren cada año en España, a causa de enfermedades producidas por respirar el humo de un tabaco que no eligieron fumar.

En nuestro país, el 9% de la población declara estar expuesta a humo ambiental de tabaco (HAT) en su lugar de trabajo más de 5 horas al día, el doble de la media europea. Los trabajadores de la hostelería y restauración – unos 3 millones – se encuentran dentro de ese grupo. El derecho a la salud de estos trabajadores, y el derecho a trabajar en un entorno laboral seguro, no está siendo protegido de manera efectiva por la actual Ley, como han puesto de manifiesto diferentes estudios realizados en nuestro país, auspiciados por la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), otras sociedades científicas e incluso organizaciones de consumidores. La modificación de la Ley, por tanto, deberá hacer efectiva la protección del derecho a la salud de todos los trabajadores de este país en su lugar de trabajo.

La prohibición de fumar en lugres públicos cerrados no colapsará el sector hostelero español, del mismo modo que no arrasó la hostelería irlandesa, escocesa o italiana. Estudios epidemiológicos independientes, realizados en estos países tras la implantación de sus respectivas leyes, han demostrado que la mejoría de las condiciones de trabajo se ha acompañado de una disminución de las enfermedades respiratorias y cardiovasculares entre los trabajadores de la hostelería, con una reducción de las bajas laborales e incremento de la productividad. Nadie dejará de desayunar, tomar café a media mañana, cenar o tomar una caña porque no le permitan fumar en el interior del restaurante o cafetería. Si no se prolonga la sobremesa para fumar un cigarrillo, la rotación de clientes por mesa puede ser mayor, y el número potencial de clientes podría incluso aumentar.

La modificación de la Ley es necesaria, es útil y es aceptada por la mayoría de nuestra sociedad. Si, además de incrementar las medidas restrictivas, la nueva Ley contempla medidas fiscales disuasorias para que España (y Canarias en particular) deje de ser el estanco de Europa; y si la Ley incluye medidas sanitarias eficaces para atender a los fumadores que quieran aprovechar esta circunstancia para dejar de fumar, incluyendo la financiación pública de los tratamientos farmacológicos; entonces los profesionales de la salud podremos decir que ésta sí será, verdaderamente, una buena Ley.

¿Hace falta una Ley Antitabaco?
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