viernes. 19.04.2024

"Ante las afirmaciones del máximo regidor del municipio de Haría, José Torres Stinga, negando la obstaculización por parte de ese Ayuntamiento para que se ejecute la renovación total de la red de abastecimiento de las localidades de Arrieta y Punta Mujeres, tal y como denunció el consejero del Cabildo, Marciano Acuña, este Consorcio del Agua se ven la necesidad de confirmar la existencia de las referidas trabas demostrándose tales con la documentación que se adjunta". De esta forma explica este jueves el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, la forma en la que quiere darle la razón a su compañero Acuña, candidato a encabezar la lista de Coalición Canaria (CC) en el Ayuntamiento norteño, y quitársela a su todavía compañero de partido Torres Stinga.

En una nota de prensa enviada a este diario, afirma que siendo cierto que el Ayuntamiento de Haría informó favorablemente la compatibilidad con el Plan General de Ordenación Urbana con el proyecto presentado para la sustitución de las tuberías, lo que no ha contado el alcalde norteño es que falta a la verdad al ocultar el resto de la información que se recoge en las notificaciones remitidas a este Consorcio y por la que nos obliga a hacer frente a unas tasas que ningún otro consistorio nos cobra por ser un miembro consorciado de este órgano, misma situación del Ayuntamiento de Haría.

Para el presidente del Consorcio, Pedro San Ginés, “es lamentable y triste que sea este el único de los siete ayuntamientos que no exima al Consorcio de abonar estas tasas para obtener la licencia de unas obras que le son propias”.

"Es necesario explicar que este Consorcio del Agua solicita la colaboración interadministrativa de los Ayuntamientos para obtener todas aquellas autorizaciones y permisos que proceden en los expedientes de las obras en virtud del contrato para la concesión de la gestión del ciclo integral del agua que fue aprobado por la Asamblea del Consorcio. Por este motivo, y al igual que ha ocurrido con otras obras realizadas en el resto de municipios, el Consorcio del Agua se dirigió al Ayuntamiento de Haría en el mes de diciembre de 2014 solicitando la cooperación interadministrativa para el proyecto de renovación total de la red de distribución de abastecimiento de Arrieta y Punta Mujeres, así como se proceda a las exenciones de tasas”, recalca.

En el mes de enero del corriente, el Consistorio norteño notificó al Consorcio que por resolución ha concedido Informe de Compatibilidad instándonos a pasar a recoger la licencia previo pago de la tasas.

A principios de febrero, el Consorcio del Agua de Lanzarote reitera la solicitud de exención de pago; a lo que el Ayuntamiento de Haría contesta volviendo a insistir en la no exención de tasas, por lo que sólo puede entenderse lo que dice el escrito del consistorio remitido en enero que recoge textualmente: “Por resolución de Alcaldía de 13 de enero de 2015 le ha sido concedido Informe de Compatibilidad con el Planeamiento Municipal del proyecto denominado Renovación total de la red distribución de agua de abastecimiento de Arrieta y Punta Mujeres, T.M. Haría, lo que le notifico para que pase por estas oficinas para retirar la oportuna notificación aportando los justificantes de ingreso de la liquidación correspondiente: Derechos y tasas (4% presupuesto) 38.096,71 euros”, remarca el presidente, insistiendo en que a este respecto el Ayuntamiento da un plazo para el abono advirtiendo que de no ser así se procederá al cobro por la vía de apremio con un recargo del 20%, es decir más de 45.000 euros.

Aún siendo ésta la situación, Pedro San Ginés, considerando que “lo triste de todo es que los perjudicados son los vecinos de Arrieta y Punta Mujeres”, ha dado instrucciones a Canal Gestión Lanzarote para que comiencen las obras “a riesgo de que sean paralizadas, puesto que no cuentan con la licencia. No obstante mantengo la confianza de que el alcalde solvente con inmediatez este problema”.

Por último, destaca que tal y como se recoge en el último escrito remitido al Ayuntamiento por este Consorcio del Agua, existe una incongruencia total al querer el consistorio cobrar unas tasas a un ente del que forma parte. Es decir, el municipio de Haría es beneficiario de un proyecto que es de competencia municipal, cuyo servicio es esencial y de imperativo legal, que ha de ser prestado por el mismo, cosa que se está haciendo al estar delegado en un ente del que es consorciado, en virtud del artículo 37 del Decreto del 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamentode Servicio de las Corporaciones Locales. Por ende, quien determina el hecho imponible, es decir el cobro de la tasa (Ayuntamiento) forma parte de quien está obligado a abonarlo, el sujeto pasivo (Consorcio). Siendo así, existe una tendencia doctrinal que indica la no sujeción de la tasa cuando el que genera el hecho imponible debe soportar la obligación tributaria derivada, porque existe incongruencia; con lo que en este caso no estaríamos en un caso de exención sino de no sujeción, tendencia doctrinal seguida por el resto de ayuntamientos de la isla como Arrecife, Teguise, Tías, San Bartolomé, Tinajo y Yaiza.

El presidente del Consorcio y del Cabildo corrobora la negativa de Haría a conceder la...
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