jueves. 28.03.2024

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón a las tesis del Ayuntamiento de Arrecife respecto al pago de 156.932,69 euros reclamados por la empresa Urbaser en concepto de intereses de demora por trabajos correspondientes a la prestación del servicio de limpieza viaria amparado en el contrato que se adjudicó a dicha mercantil en el año 1998.

La Sala, según ha explicado este miércoles el Ayuntamiento en nota de prensa, ha suspendido el plazo para dictar sentencia en esta causa hasta el fin del juicio criminal, ya que considera que "los pronunciamientos de la jurisdicción penal son esenciales y condicionantes de la decisión de la jurisdicción contencioso-administrativa".

Según la sentencia, "no se trata únicamente de la adjudicación del contrato de residuos como hecho delictivo, sino de la constitución de un entramado societario para el desfalco del Ayuntamiento de Arrecife, a través de un contrato de residuos calificado como uno de los más caros de España, o de revisar los precios fijados de limpieza y parques y jardines para obtener fondos públicos de manera ilícita".

El Juzgado abunda en su posición al añadir que "ante la pretensión de abono de los intereses de demora por los trabajos de prestación del servicio de limpieza viaria en zonas sectorizadas de Arrecife, objeto del presente proceso, la existencia de dicho procedimiento penal, amén de incidir decisivamente en la resolución del presente recurso, impide continuar con su tramitación a los efectos de dictar sentencia en el mismo, y procede decretar su suspensión hasta la resolución de la causa judicial".

El juzgado suspende por prejudicialidad penal una reclamación de Urbaser al...
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