viernes. 19.04.2024

La alcaldesa de San Bartolomé, María Dolores Corujo, muestra este jueves su satisfacción ante la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Las Palmas, que se pronuncia respecto al parking de la T1 del Aeropuerto de Lanzarote, que viene a desestimar el recurso interpuesto por AENA, imponiéndole el pago de las costas del juicio.

El Ayuntamiento expone este viernes en un comunicado de prensa que AENA ya pagó una multa de 15.000 euros por estar ejerciendo una actividad sin título habilitante (licencia apertura o comunicación previa), y cuando presenten la habilitación tendrán que pagar una tasa superior a los 20.000 euros, de conformidad con la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por actuación municipal previa o posterior o de control a la instalación, apertura o puesta en funcionamiento de establecimientos, actividades y espectáculos públicos.

El pronunciamiento es favor del Ayuntamiento de San Bartolomé considerando que la actividad de parking en el aeropuerto se trata de una actividad complementaria al funcionamiento del aeropuerto, pero no directamente vinculada con el tráfico aéreo, de tal forma que concluye que no está exenta del control preventivo local sobre actividades que establece la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) y por tanto la misma está sujeta a licencia de actividad, tal y como ya concluyeron en sus Sentencias el juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 y nº 6 de Las Palmas.

El juzgado da la razón a San Bartolomé por el Parking de la T1 del Aeropuerto de Lanzarote
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