jueves. 28.03.2024

Joaquín Caraballo, instructor del expediente disciplinario del hasta ahora secretario general de la Agrupación Local de Arrecife y portavoz de la formación socialista (PSC-PSOE) en el Cabildo, Miguel Ángel Leal, adelantó este martes a Crónicas los pasos que se deben llevar en la instrucción de este polémico caso, entre los que se encuentra una reunión por su parte con el afectado para comunicarle las causas de la apertura del documento sancionador.

La fecha de dicha reunión, no obstante, no ha sido establecida aún. La misión de Caraballo será recoger la denuncia donde se le acusa de determinadas cuestiones, hacer llegar ésta a Leal e indicarle cuales son los medios de prueba de los que puede valerse para su defensa.

A partir de esa reunión el afectado podrá notificar en un plazo de cinco días al instructor cuales son los medios de prueba que tiene.

Por otro lado, uno de los militantes del PSC que más defendió a Miguel Ángel Leal la noche en que éste hizo oficial a los integrantes de la Agrupación Local de Arrecife su cese del cargo, Manuel González, manifestó en unas declaraciones hechas al programa “El Despertador” de Lanzarote Radio que se “alegraría” de que las guerras intestinas le pasaran factura a la formación en las próximas elecciones. Según él, nunca imaginó que compañeros de partido llegaran a “una situación tan mezquina y tan estúpida” y aseguró que la situación actual que vive la formación socialista en la Isla “no va a acabar hasta que se lleven un palo en las elecciones”, que es lo que desea, según él, “para que rectifiquen”.

Por su parte, el secretario general de las Juventudes Socialistas, Víctor Sanginés, aseguró en cambio que el expediente se trata de un proceso contemplado en los estatutos del partido y que el instructor velará porque el proceso sea limpio, claro y transparente. “La obligación nuestra es conocer los estatutos y dentro de ellos no cabe que se haga nada antidemocrático”, aseguró.

Un procedimiento reglado “nada sencillo”

Para Caraballo su función “no es nada sencilla” ya que persigue asegurar la defensa y derechos en este caso de Miguel Ángel Leal y responde que el último caso de apertura de expediente del que tiene constancia fue en el seno de Arrecife, expediente el de entonces presidido y dirigido por el hoy protagonista de la historia, Miguel Ángel Leal, contra un compañero de la Agrupación Local y que fue sobreseído.

El instructor explicó que en el acuerdo adoptado en la pasada reunión de la Comisión Ejecutiva Insular sobre abrir un expediente disciplinario a Miguel Ángel Leal, se encontraba él presente por ser parte integrante de la Ejecutiva Insular. Fue en esa misma reunión donde se decidió elegirle instructor por su “neutralidad” abandonando la idea de dejarlo en manos de la persona que debía serlo, el secretario de Organización del partido.

Dicho expediente no es otra cosa que un procedimiento reglado donde la principal misión del instructor es dar trámite al procedimiento disciplinario. Ni el instructor ni la secretaria, Dolores Corujo, resuelven, sólo recogen pruebas que luego serán enviadas a la Comisión Federal; la secretaria acompaña al instructor a las reuniones, y entre otros asuntos, elabora las actas correspondientes.

A partir del 21 de diciembre, fecha en que se hizo pública la decisión, existe un plazo de ocho días para notificarle al expedientado la decisión de la Ejecutiva Insular. Es decir, en esos ocho días se notificará el acuerdo de iniciación al presunto responsable. Luego habrá un tiempo para notificarle al presunto responsable el nombramiento del instructor y el secretario.

Una vez notificado, se pondrán en contacto con él para trasladarle el nombramiento e informarle de las causas de apertura del expediente. Cuenta con cinco días, a partir de aquí, para hacer llegar cuales son los medios de prueba que pretende valer, que son sus propias pruebas. El plazo dependerá, como ya se expuso con anterioridad, de la entrevista del instructor con Leal, cuya fecha no está aún determinada.

Tanto instructor como secretaria analizarán las pruebas y harán las actuaciones, que serán tendentes a confirmar todos y cada uno de los hechos, tanto de los que de inician el expediente como del expedientado.

Luego se practicarán todas las actuaciones. El instructor, una vez analizadas las pruebas aportadas por las partes, propondrá el sobreseimiento del caso o formulará un pliego de cargos, una vez analizadas las pruebas. El pliego de cargos implicaría la acusación formal, lo que daría lugar al traslado del trabajo realizado y de dicho pliego al órgano federal.

El instructor repite una y otra vez que él “propone” ya que quiere dejar constancia de que su función es asegurar los derechos de todos. La última palabra la tiene siempre el Comité Federal, la Comisión de Garantías.

La Comisión de Garantías calificará según las pruebas: puede ser una falta leve (apercibimiento), que implica una llamada de atención, una falta grave, que implica una suspensión de militancia temporal y una falta muy grave, con una suspensión de militancia mucho mayor o en última instancia la expulsión.

El instructor del expediente disciplinario de Leal mantendrá una reunión con el...
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