viernes. 29.03.2024

El ex presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, José Manuel Arnaíz, podría ser condenado a un año y seis meses de inhabilitación en cualquier cargo público si el titular del Juzgado de lo Penal 4, Francisco García, estima la petición del fiscal. El ex responsable del Puerto de la Luz compareció este miércoles para responder a una denuncia de la Fiscalía por desobediencia durante la polémica del istmo de Santa Catalina.

El fiscal entiende que Arnáiz no acató las órdenes dictadas por su superior jerárquico, el Ministerio de Fomento, para paralizar el concurso restringido para el desarrollo de la actuación Puerto-Ciudad en Las Palmas de Gran Canaria, y siguió adelante con el mismo hasta que, el 21 de enero de 2005, un jurado adjudicó el proyecto, actualmente anulado, a los arquitectos César Pelli y Carlos Ferrater.

El concurso había sido cuestionado previamente por la Comisión Europea, ante una denuncia del Colegio de Arquitectos de Canarias, por la vulneración de la normativa comunitaria en materia de contratación pública. Ante esta determinación, Fomento decidió que se anulara el concurso, amparado además por un dictamen del Consejo de Estado.

El acusado declaró este martes ante el juez que los informes que se solicitaron para verificar si Fomento se ajustaba a derecho al emitir las órdenes de paralización del proyecto concluían que no estaba obligado a acatar esas órdenes, que el pliego de condiciones del concurso era legal, que el órgano (el Ministerio) era incompetente en este asunto y que tenía esa obligación como presidente de la Autoridad Portuaria por ostentar una autonomía funcionarial y de gestión.

Arnáiz afirmó que paralizar las obras hubiera significado unos costes y perjuicios económicos importantes, por lo que no generaba ningún beneficio en aras del interés general. Mientras, el abogado de la defensa, Luis Javier Negro Álvarez, que ha pedido la absolución de su cliente, negó que el ex presidente del Puerto cometiera delito de desobediencia alguna al entender que en los dos informes jurídicos que presenta se justificaba el no cumplimiento de estos requerimiento por entender que Fomento no tenía competencias en la materia.

Dos informes

Se trata de dos informes, uno interno emitido por los servicios jurídicos de la Autoridad Portuaria en el que se afirmaba que la contratación pública del proyecto no se ajusta a derecho administrativo, sino a derecho común. Además, en este escrito se defendía la legalidad del pliego de condiciones y del procedimiento de contratación puesto que el órgano rector es el consejo de administración de la entidad. Así lo ha confirmado el que fuera abogado de los servicios jurídicos en aquel momento, Ángel Cervantes, que ha declarado como testigo de la defensa.

El segundo informe fue elaborado por el abogado, José Mateo Díaz, que también se ratificó en sus argumentos al afirma que los requerimientos de Fomento no se ajustaban a derecho al considerar que se trataba de un contrato atípico no previsto en el ordenamiento jurídico ya que no se ejecutaba ninguna obra, ni se calificaba suelo, aunque sí que reconoció la complejidad de jurídica del caso.

"Una maniobre política", según Soria

En la causa también declaró en calidad de testigo de la defensa José Manuel Soria, que en el momento de los hechos era miembro del consejo de administración de la Autoridad Portuaria, cuando ostentaba la presidencia del Cabildo de Gran Canaria. El ahora vicepresidente del Gobierno de Canarias destacó al final de su intervención que todo fue "una maniobra política" para que el proyecto no saliera adelante.

Además de Soria y Cervantes, también declararon en calidad de testigos María Australia Navarro, también ex consejera del Puerto; el jurista José Mateo Díaz, que asesoró legalmente a Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Cabildo y Autoridad Portuaria en los diversos contenciosos relacionados con La Gran Marina; además, de Fernando Palao, que era secretario general de Transportes del Ministerio cuando ocurrieron los hechos.

La defensa de José Manuel Arnáiz recordó durante el juicio que en la actualidad hay varios pleitos pendientes en la jurisdicción contencioso administrativa que, de ser resueltos a favor del ahora acusado, harían inútil la continuación de la causa penal.

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