viernes. 29.03.2024
El Tribunal ha absuelto a González Arroyo de prevaricación, al haber prescrito el delito

El TSJC condena a González Arroyo por un delito de intrusismo pero le absuelve de prevaricación en el "caso del topógrafo"

El TSJC condena por intrusismo a una multa de nueve meses a razón de 20 euros diarios al diputado del PP y ex alcalde de La Oliva, además de a José María Pérez Palma, la persona que ejerció el cargo de topógrafo municipal sin tener los estudios para ejercer ese trabajo

ACN

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de hacer pública la sentencia sobre el llamado ‘caso del topógrafo', en la que se condena con una multa al ex alcalde de La Oliva y actual diputado del PP, Domingo González Arroyo por un delito de intrusismo, pero se le absuelve de la acusación de prevaricación dado que éste delito ha prescrito. El Tribunal condena también a ‘Pepe el topógrafo', José María Pérez Palma, a una multa por el delito de instrusismo.

Tras la sentencia del TSJC, González Arroyo y Pérez Palma deberán hacer frente a una pena de 9 meses de multa, con una cuota diaria de 20 euros, con sujeción a la reponsabilidad penal subsidiaria en caso de impago.

Respecto a la acusación de prevaricación que mantenía la Fiscalía del TSJC, y por la que pedía la inhabilitación para el cargo de alcalde, la sentencia señala que “extinguida la responsabilidad criminal por prescripción del delito, debemos absolver y absolvemos libremente al acusado Domingo González Arroyo del delito de prevaricación por el que se le acusaba, con todos los pronunciamientos favorables”.

El juicio contra el diputado del PP y José María Pérez Palma se celebró el pasado lunes, 19 de junio. En él, el abogado de ambos reclamó la prescripción de todos los delitos. Finalmente, el tribunal, que presidía el presidente del TSJC, Antonio Castro, ha condenado a ambos por intrusismo, pero no a González Arroyo por prevaricación, lo que evita una condena a inhabilitación para el cargo de alcalde.

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