jueves. 25.04.2024

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado este lunes la sentencia contra Dimas Martín por el caso del Complejo Agroindustrial, diciendo que no procede la aclaración de la misma. Como se sabe dicha sentencia condenaba al líder del PIL por un delito continuado de malversación de caudales públicos y por delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

La condena fue de 8 años de cárcel (6 por malversación de fondos, 1 por fraude de subvenciones y otro por delito contra la Seguridad Social en el Complejo Agroindustrial) y a 15 años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público. La sentencia fue dictada por la Audiencia Provincial el 23 de diciembre de 2004.

El Alto Tribunal contesta en su auto a cada uno de los argumentos expuestos por el abogado de Dimas Martín en su solicitud de aclaración y rectificación de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Las Palmas el día 23 de diciembre de 2004 y ratificada por el TS el 19 de mayo de 2006.

Según el TS,la resolución dictada contiene la fundamentación suficiente y necesaria para que los litigantes conozcan las razones de la desestimación de los motivos del recurso presentada por la defensa de Dimas Martín, además de que se "reproduce el contenido de los motivos que sustentaron el recurso de casación" en su momento.

A juicio del Alto Tribunal, el escrito solicitando la nulidad de la sentencia es, en realidad, "un verdadero recurso contra la sentencia; recurso que no está comtemplado en nuestra legislación procesal".

Ahora, corresponde a la Audiencia Provincial determinar el día de ingreso en prisión de Dimas Martín cumpliendo la condena que le impuso en su día la propia Audiencia. Sin embargo, como ha podido saber este diario, Dimas Martín y su defensa han solicitado a la Audiencia que retrase el ingreso en prisión a la espera de que se resuelva el recurso presentado en el Constitucional o a la espera de que después se pueda solicitar un indulto al Gobierno central.

Como se recordará la Isla recibió con sorpresa hace unos meses la información sobre la desestimación, por parte del Tribunal Supremo, del recurso de casación presentado por Dimas Martín, que no es otra cosa que la ratificación de la condena de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

El Supremo consideró en su momento que no ha lugar a los recursos, tanto el presentado por el propio Dimas Martín como a los presentados por la acusación particular.

En enero de 2005, la Fiscalía Anticorrupción solicitó el ingreso en la cárcel de Martín en régimen cerrado por este caso, pero la Audiencia consideró que no existía riesgo de fuga y se quedó a la espera de la resolución del Supremo.

El Supremo ratifica la condena de Dimas Martín y dice que no procede aclarar la sentencia
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