viernes. 19.04.2024

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la postura del Gobierno de Canarias en las diferencias suscitadas por algunos cabildos en torno a los criterios y porcentajes de distribución de los recursos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), informó el Ejecutivo regional en un comunicado.

De esta manera, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha desestimado un recurso de casación presentado por el Cabildo de Gran Canaria contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sobre las liquidaciones definitivas de los años 1999 y 2000.

Tanto el Tribunal Supremo como el TSJC consideran que tanto la Comunidad Autónoma como los cabildos y los ayuntamientos son cotitulares de los rendimientos derivados de los tributos del REF y que los criterios y porcentajes de distribución se ajustan a la normativa vigente.

El Gobierno canario explicó que en sus fundamentos de derecho, la sentencia del Tribunal Supremo señala que "la interpretación literal del artículo 64 de la Ley del REF, que era la norma vigente en su momento que establecía los porcentajes de distribución de los recursos procedentes del REF, no ofrece ninguna duda, por lo que no habiéndose discutido y demostrado que se hayan quebrantado por el Gobierno de Canarias esos porcentajes, la pretensión del recurrente tiene que ser desestimada".

Por su parte, el consejero de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias, Javier González Ortiz, ha reiterado que la voluntad del Ejecutivo es "establecer vías de comunicación y colaboración con las corporaciones insulares y locales para resolver juntos los problemas de financiación de todas las instituciones públicas canarias".

"Solo si continuamos por la senda del diálogo y la lealtad institucional podremos hacer frente entre todos a las dificultades económicas que sufrimos todas las administraciones canarias", ha insistido el consejero.

Esta es la segunda sentencia judicial en menos de un mes que avala los actuales criterios de reparto de los rendimientos procedentes de los tributos del REF. Hace apenas dos semanas otra sentencia del TSJC desestimaba un recurso contencioso administrativo, esta vez presentado por el Cabildo Insular de El Hierro, sobre la posible inconstitucionalidad del artículo 4 de la Ley 9/2003, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales, que actualmente establece la distribución de los fondos.

El Supremo avala los criterios de reparto del REF
Comentarios