viernes. 19.04.2024

SENTENCIA_TS_MODIFICACION_PUNTUAL_No_1_PIOL.pdf

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencia con fecha 26 de mayo de 2011, a la que ha tenido acceso este diario, y que desestima los recursos de casación interpuestos por el Cabildo insular de Lanzarote y la Comunidad Autónoma de Canarias, contra sentencia de 4 de junio de 2007 de la Sección 2ª de la Sala de lo contencioso administrativo de Las Palmas del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) pronunciada en su recurso contencioso administrativo nº 44/2005, que anuló el Decreto del Gobierno de Canarias 176/2004, de 13 de diciembre, de aprobación definitiva de la Modificación Puntual nº 1 del Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) de Lanzarote, publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) del día 26 de enero de 2005, Modificación que también queda definitvamente anulada.

Se trata de la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre la Modificación Puntual que se ha dado a conocer y se espera que a ésta le sigan varias más -al menos otras seis- resolutorias de procedimientos judiciales iniciados, entre otros, por el Ayuntamiento de Yaiza y las patronales Asolan y Aetur.

La Modificación Puntual nº 1 del PIOL trataba, entre otros aspectos, de regular, "de forma extremadamente restrictiva", dice la sentencia, los Sistemas Generales Insulares (públicos) y los Equipamientos Estructurantes Insulares (privados), entre ellos los campos de golf, instalaciones recreativas y de ocio, etcétera; la ordenación de las actividades extractivas; la regulación del turismo rural; los criterios para la cuantificación de las plazas turísticas; y la nueva redacción de concretos preceptos del PIOL, entre ellos sus disposiciones transitorias.

24 años ordenando el territorio

Desde el Ayuntamiento de Yaiza se destaca que la Moficación Puntual del PIOL fue el último de los instrumentos de ordenación territorial promovidos por el Cabildo que alcanzó aprobación definitiva, puesto otros como la segunda Revisión Parcial de dicho Plan Insular y el Plan Territorial Especial de Ordenación Turística Insular (PTEOTI) no lograron ser aprobados definitivamente. El último, el Plan Territorial Especial, porque ni siquiera comenzó su tramitación.

Asimismo, hay que recordar que todos los instrumentos de ordenación de la Isla, cuya andadura comenzó hace 24 años -el Avance del Plan Insular fue tomado en consideración o aprobado por el Cabildo en el año 1987-, que lograron su aprobación definitiva han sido invalidados por los tribunales de Justicia, ya que el Plan Insular de 1991 lo fue con referencia a la Urbanización Montaña Roja de Club Lanzarote, mientras que su primera Revisión Parcial de 2000 y esta Modificación Puntual nº 1 lo han sido con carácter general para toda Lanzarote.

Por último, es reseñable que todos los documentos de Ordenación de la Isla anulados por los Tribunales de Justicia y la casi totalidad de los que no consiguieron ser aprobados definitivamente fueron elaborados para el Cabildo por el equípo de Fernando Prats, que, simultáneamente, era el asesor en materia territorial y urbanística de la Fundación Cesar Manrique (FCM).

El Supremo anula definitivamente la Modificación Puntual Número 1 del PIOL
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