viernes. 29.03.2024

- "La prestación de una parte importante de servicios básicos está sujeta a compromisos adquiridos por el Ayuntamiento pero al margen de los procedimientos legales establecidos", recuerda el PP

- El concejal Antonio Martín Socas pide que se saque a concurso público todos aquellos suministros o servicios cuyo coste sobrepase los 18.000 euros

Que el Gobierno de Haría cumpla con los procedimientos de contratación de compras y servicios que establece la Ley. Ese es el objeto de la moción que ha presentado el Partido Popular (PP) al Pleno municipal del Ayuntamiento de Haría y que, de respetarse la normativa, se deberá debatir en la próxima sesión plenaria.

Según manifiesta este jueves en nota de prensa el concejal del Partido Popular en el Consistorio norteño, “no se trata de una petición ocurrente. En absoluto”. “Se trata de que se ponga punto y final a la práctica de contrataciones a dedo y de más que dudosa legalidad que se realizan por parte del Ayuntamiento”, asegura Antonio Martín Socas.

Y es que la prestación de una parte importante de servicios básicos está sujeta a “compromisos adquiridos por el Ayuntamiento pero al margen de los procedimientos legales establecidos”, según se recoge en los informes de Intervención.

El PP precisa en su escrito que se refiere al hecho de que el año pasado, en 2012, unas 208 facturas de las que se presentaron en el Ayuntamiento contaron con informe de reparo de la interventora.

"Es impensable que un Ayuntamiento con los recursos tan limitados como Haría, a día de hoy siga si tener expedientes de contratación en servicios tan básicos como el suministro de combustible, la limpieza de centros educativos, el montaje, sonido e iluminación para las fiestas o el mismo servicio de recaudación", sostiene el edil popular.

Reparos de Intervención

El argumento en la mayor parte de ellas es el mismo, explica el PP: “No existe expediente de contratación alguno, y si bien, se trata de facturas cuyo importe individual no supera el importe correspondiente al de un contrato menor, los cuales no podrán ser superiores a 18.000 euros, se corresponden con la prestación de un mismo servicio durante el ejercicio por parte de la misma empresa, es decir, de un único objeto de contrato, y en este sentido, establece el artículo 86 del TRLCSP que no podrá fraccionarse un contrato con objeto de disminuir la cuantía y eludir los requisitos de publicidad, el procedimiento o la forma de adjudicación que corresponda”.

Esta práctica de contratar se ha convertido en el “pan de cada día” y a pesar de que la Intervención recomienda, en cada uno de esos reparos, la necesidad de que los trámites se hagan de forma preceptiva, el Alcalde sigue haciendo “oídos sordos” a sabiendas, como sabe, que “por el volumen de facturación acumulado por cada uno de estos servicios y por la reiteración del mismo, se debería hacer un expediente de contratación sujeto a Ley”, apunta el edil del Partido Popular.

“Cuando el alcalde dice que la agilización del pago de las facturas ha permitido mantener el tejido empresarial, la mayor parte de los vecinos se preguntan si el tejido empresarial del que habla es, precisa y únicamente, el de las empresas de allegados y amigos”, manifiesta el munícipe popular.

“De la libre concurrencia se habla muy poco en Haría”, sentencia el edil Antonio Martín Socas.

De la misma manera, en el documento de los Presupuestos de 2014 el Alcalde alardea de “principios claros de responsabilidad política en la gestión de los fondos públicos “, cuando la realidad es que se dedica a soslayar la norma para no hacer subasta o concurso de servicios o suministros que siempre resultan más ventajosos para la Corporación desde el punto de vista económico.

El PP exige al Gobierno de Haría que cumpla con los procedimientos de contratación de...
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