viernes. 19.04.2024
Considera válida la revisión de oficio del contrato entre Inalsa y la UTE Edam Janubio para la explotación de la desaladora iniciada por el Consorcio

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 vuelve a dar la razón al Consorcio insular frente a Fomento de Construcciones y Contratas

El juez ha reconocido la legitimación del propio Consorcio y del procedimiento seguido para declarar nulo de pleno derecho el contrato de la desaladora

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado conforme a derecho el procedimiento de revisión de oficio iniciado por el Consorcio Insular de Aguas de Lanzarote y que finalizó con una resolución basada en un dictamen preceptivo y vinculante, declarando nulo de pleno derecho el contrato entre Inalsa y la UTE Edam Janubio, formada por Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) y Procedimientos Ambientales.

Debemos recordar que para el Consejo Consultivo de Canarias la adjudicación del contrato a FCC se realizó con graves irregularidades, pues se prescindió total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, infringiéndose preceptos básicos de derecho comunitario.

En opinión de FCC, el Consorcio Insular de Aguas “se inventó un procedimiento”; sin embargo, el juez ha reconocido la legitimación del propio Consorcio y del procedimiento seguido para declarar nulo de pleno derecho el contrato de la desaladora, tal y como afirmó el Consejo Consultivo.

Cabe destacar que desde que se dictara el laudo, las distintas autoridades administrativas y órganos jurisdiccionales han dado la razón al Consorcio Insular de Aguas frente a las tesis de FCC.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 vuelve a dar la razón al Consorcio...
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