martes. 23.04.2024
El acuerdo plenario se tomó el pasado 19 de marzo

El Gobierno de Canarias recurre ante el TSJC la corrección de errores de la Adaptación Básica del Plan General de Arrecife

El Gobierno interpone un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento capitalino del pasado marzo, fecha en la que regía en el Consistorio María Isabel Déniz, de corregir y subsanar errores y omisiones detectados en el documento

El Gobierno de Canarias recurre ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias la corrección de errores y omisiones detectados en la Adaptación Básica del Plan General de Arrecife que fue aprobado el pasado 19 de marzo, época en que regía en el Consistorio capitalino María Isabel Déniz.

Cabe recordar que el pasado 19 de marzo el grupo de gobierno en minoría del Ayuntamiento de Arrecife, que conformaban nueve concejales de Coalición Canaria (CC), no hubiese necesitado los apoyos de tres ediles socialistas para aprobar la corrección de errores de la Adaptación Básica del Plan General vigente a la Ley de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias y la Revisión del Plan, porque los dos votos favorables del PP eran suficientes para consumar ambas decisiones, sin embargo, la ruptura más que confirmada del PSC - PSOE de Lanzarote permitió que tres concejales socialistas se salieran de la “disciplina” de partido y respaldaran la gestión presidida por María Isabel Déniz. Finalmente, con catorce votos a favor, seis en contra y una abstención, el Ayuntamiento dio el paso, según la alcaldesa, “con seguridad técnica y jurídica”.

Ahora el Gobierno canario, a fecha 30 de octubre de 2007, interpone un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento capitalino del pasado marzo por el que se prestó aprobación definitiva de la corrección y subsanación de errores y omisiones detectadas en la Adaptación Básica. Según se explica, se trata de la aprobación definitiva de la corrección y subsanación de errores y omisiones detectadas en el Plan General de Arrecife, careciendo de competencia para ello el Pleno dado que el Plan objeto de corrección resultó aprobado definitivamente por la COTMAC en noviembre de 2003 omitiendo además el procedimiento legalmente establecido para alterar las determinaciones de planeamiento definitivamente aprobadas y en vigor desde agosto de 2004.

Exponen por tanto que la falta de competencia del órgano que adoptó acuerdo de aprobación definitiva se debe considerar como un supuesto de nulidad de pleno derecho. En el propio debate, prosigue el recurso, de los representantes municipales en el Pleno en el que se adoptó el acuerdo impugnado se hace constar por los distintos concejales el alcance de las “alteraciones producidas, la incompetencia del Pleno municipal para aprobar, o las dudas del procedimiento seguido”. En el caso de Florián Corujo, éste cita “¿Acaso es creíble que obedezca a inocentes errores la disminución en más de 600.000 metros cuadrados de Suelo Rústico del municipio?; ¿Es posible atribuir a inocentes errores el aumento en más de 700.000 metros cuadrados de Suelo Comercial sin reestricciones en todo el municipio?; ¿Puede achacarse a errores que el suelo urbano en el municipio haya aumentado en más de un 40 por ciento?”. Por su parte, Carmelo García Déniz señaló que “La COTMAC dice en uno de sus informes que no es competencia del Ayuntamiento la rectificación de errores o modificaciones”.

Nuria Cabrera por otro lado manifestó que “es que nosotros tampoco lo tenemos claro, sabemos que tenemos que actuar sobre la Adaptación, pero sabemos cual es el procedimiento, que es ese informe que van a tener que hacer entre todos los técnicos de la Consejería y lo que se aprueba aquí ahora, después de que la Junta de Portavoces ha dicho, esto es lo que ustedes tienen que modificar, nos da igual, como errores o como modificaciones lo tienen que modificar, donde no hemos tenido dudas, creo que en lo más importantes, en que teníamos que corregir la Adaptación, en el procedimiento todas las dudas, no hemos tenido dudas en que había que arreglarlo y eso es lo que vamos a votar ahora(...)”.

Andrés Barreto, por su lado, señaló que “porque efectivamente no estamos hablando de errores, estamos hablando de modificaciones sustanciales del planeamiento”.

Según se expone, se cumplen los requisitos exigidos para acceder a la medida cautelar interesada de suspensión de la ejecución del acto impugnado, al heberse podido constatar que las supuestas correcciones de errores fueron informadas por la CoTMAC, en su mayor parte, de forma desfavorable, como se deduce de la consulta evacuada por dicho órgano colegiado con fecha de 23 de marzo de 2007. Por otra parte, en la Consideración Séptima de dicha consulta se advierte a la Administración municipal de la falta de competencia para aprobar, en su caso, la corrección de errores y la subsanación de defectos. Sea como corrección de errores, sea como revisión o modificación cualificada del Plan General, la competencia de aprobación radica en el mismo órgano que aprobó la Adaptación Básica, esto es la COTMAC. Por otro lado, prosigue el documento, no existe constancia de que se haya seguido un procedimiento de revisión, o modificación de planeamiento.

Luis Morales entiende que el Gobierno “se ha equivocado en ese recurso” y Antonio Hernández considera que “no es vinculante”

Para el portavoz de Coalición Canaria en el Ayuntamiento de Arrecife, Luis Morales, “el Gobierno se ha equivocado en ese recurso; el recurso no lo presenta la Consejería de Política Territorial, que sería la que tendría que determinar ese recurso sino que lo presenta la Viceconsejería de Administraciones Públicas, que en la documentación que ha remitido en ese recurso en ningún caso aporta ninguna prueba sino simplemente lo que manifestaron las personas que intervinieron en el Pleno del Ayuntamiento de Arrecife”. Según entiende, “la Viceconsejería recibe todas las actas plenarias de todos los ayuntamientos de Canarias y ellos la ven y si les parece a ellos que lo que se dijo allí no es correcto recurren el tema”. Morales defiende la competencia del Ayuntamiento para aprobar este tipo de acuerdos. Según dijo, “el Ayuntamiento tienen competencias y es lo que hizo en ese momento, competencias exclusivas en hacer modificaciones materiales y numéricas, que ni siquiera había que llevarlas al Pleno del Ayuntamiento de Arrecife, y se llevó en su momento por las cuestiones de la crispación que existía con la Adaptación Básica pero que ni siquiera tienen que ser llevadas a pleno del Ayuntamiento; las podía haber hecho la oficina técnica porque las modificaciones materiales son cuestiones de alineación y rasantes o que en una parcela pusieron 20.000 metros y eran 20.500, es decir modificaciones de ese tipo”. Para el edil, “si fuera una modificación más importante sustancial, por ejemplo de un plan parcial, eso sí tendría que ir al Gobierno y la Consejería de Política Territorial a través de la COTMAC sería el que hiciera una modificación puntual sobre ese error o esa situación anómala pero en el caso del Ayuntamiento de Arrecife fueron solo errores materiales o numéricos con lo cual no había ni siquiera que pasar por el Pleno del Ayuntamiento de Arrecife; no presenta el recurso el consejero de Política Territorial ni el director general de Urbanismo, ni la COTMAC, quien presenta el recurso es la Viceconsejería de Administraciones Públicas, que la única documentación que tiene es la recibida a través de las actas de los plenos, nada más”.

Por su parte, el portavoz del PNL en Arrecife, Pedro de Armas, dijo que “en su momento denunciamos que en la COTMAC había una técnico que había dicho que esa Adaptación Básica era nula de pleno derecho; lo que ha hecho el Gobierno de Canarias es que para no implicarse porque la COTMAC es un ente que pertenece al Gobierno de Canarias, a Política Territorial, al haber cometido una irregularidad, han presentado un contencioso para normalizar la irregularidad cometida”. Según explicó, “efectivamente lo que va a ocurrir es lo que veníamos diciendo desde el principio de la Adaptación Básica, no fue una Adaptación sino que fue una modificación sustancial del Plan General del 97; nos viene a decir que lo que se aprobó en 2002 cuando se aprobó la adaptación Básica, posteriormente se armó porque se detectaron anomalías en la Adaptación Básica, no fue una Adaptación, fue una modificación sustancial del Plan General del 97 publicado en el 98”.

Para el actual concejal de Urbanismo capitalino, Antonio Hernández, este informe “no es vinculante” y espera por el informe de la COTMAC, ya que es el “definitivo”. “No lo entiendo mucho pero de todas maneras entiendo que no es vinculante este informe y a lo único que estamos esperando es al informe de la COTMAC, que entendemos que es el definitivo y que este sea el que tengamos que tomar la decisión que sea en cuanto que tengamos ese informe de la COTMAC”, subrayó.

Alternativa Ciudadana dice que “se nos ha venido a dar la razón, por que ya no hay motivo para mantener el Plan General, el PEPA y el PUPA”

Para el concejal de Alternativa Ciudadana Andrés Barreto, “lo que habíamos venido denunciando desde el inicio de la legislatura anterior con respecto a la Adaptación Básica ahora corrobora todo lo que veníamos diciendo, que el acto de la Adaptación Básica era nulo de pleno derecho por lo tanto la propuesta de revisión del Plan General, la propuesta del PEPA y del PUPA, son nulos de pleno derecho, ya no hay motivo para que el grupo de gobierno siga manteniendo sus tesis de suspensión para un estudio de un tema que es nulo de pleno derecho; viene a confirmar lo que habíamos dicho”. El concejal añade que “se recoge en este escrito de denuncia intervenciones textuales que nosotros hicimos en el Pleno y decíamos que en la Adaptación Básica habían habido no solamente errores sino modificaciones sustanciales del suelo urbano y eso se confirma, pero ya lo había confirmado incluso el documento de la Fundación César Manrique, por lo tanto insistir en que tarde, pero se nos ha venido a dar la razón a lo que decía Alternativa y, por lo tanto, ya no hay motivo para mantener el Plan General, el PEPA y el PUPA”.

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