sábado. 20.04.2024
El Cabildo adelanta que el Ejecutivo canario ha sancionado a la entidad mercantil con una multa de 300.000 euros por infracción administrativa muy grave por actuar sin título administrativo y sin licencia para producir y vender agua

El Gobierno de Canarias decreta la inmediata clausura de la desaladora de Montaña Roja

También destaca que “se desestiman las alegaciones realizadas por la entidad Club Lanzarote SA con base en la fundamentación jurídica indicada en los antecedente de hecho del decreto”

decreto_22_de_mayo_2017.pdf

El Gobierno de Canarias decretó el 22 de mayo 'la inmediata clausura de la desaladora' de la entidad mercantil Club Lanzarote SA, las instalaciones sitas en la parcela número 43 de la Urbanización Montaña Roja, en las que cuenta con una planta desaladora por infracción muy grave. Así lo ha adelantado este miércoles a última hora el Cabildo insular en nota de prensa, dentro de una tensa semana en la que se han cruzado numerosas declaraciones en torno al polémico asunto.

El presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, afirma en la nota que "el Gobierno está muy preocupado por el desabastecimiento que supondría la clausura de la planta, no solo para los 5.000 vecinos de la zona, sino para la decena de hoteles que se nutren de esta planta ilegal y así se refleja en el propio decreto cuando determina que en todo caso debe quedar garantizado el abastecimiento, para cuyos efectos se adoptarán por el Consejo Insular de Aguas de Lanzarote".

El Cabildo dice que es significativo que este acuerdo fue adoptado por el Consejo de Gobierno tras el informe de la comisión de secretarios generales técnicos, los cuales emitieron ese informe por unanimidad -los nueve secretarios técnicos generales del Gobierno de Canarias-, todos ellos letrados de la Administración canaria.

También destaca que “se desestiman las alegaciones realizadas por la entidad Club Lanzarote SA con base en la fundamentación jurídica indicada en los antecedente de hecho del presente decreto” entre otros motivos porque “el suministro de agua potable a los ciudadanos es un servicio público esencial de titularidad municipal”.

De este modo, el Cabildo subraya que en los antecedentes del decreto también se especifica que "es jurisprudencia reiterada que el ejercicio de una actividad sin autorización o concesión tiene consecuencia inmediata la clausura". Así como " la apertura clandestina de establecimientos comerciales e industriales o el ejercicio sin la necesaria licencia de actividades obligan a adoptar de plano y con efectividad inmediata, la medida cautelar de suspender la continuación de las obras, clausurar el establecimiento o paralizar la actividad ... para el superior principio de respeto a la seguridad de los ciudadanos".

El decreto también resuelve "los hechos constitutivos de infracción muy grave consistentes en la producción de agua para el autoconsumo y en la venta de agua a terceros sin título habilitante para ello generando un perjuicio al dominio público hidráulico".

Dentro de las resoluciones "sanciona a la entidad mercantil con una multa de 300.000 euros como responsable de la comisión de una infracción administrativa muy grave tipificada en el artículo 7 del Decreto 276/1993, Reglamento sancionador en materia de aguas, en relación con los artículos 6.1 y 4. 8 (carecer de título administrativo, licencia)".

Además “declara como medida de restablecimiento de la legalidad la restitución del beneficio ilícitamente obtenido, cuya cuantía se liquidará en un procedimiento complementario, una vez se haya concluido el presente procedimiento sancionador”.

El Gobierno de Canarias decreta la inmediata clausura de la desaladora de Montaña Roja
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