viernes. 29.03.2024

El Gobierno de Canarias ha aprobado la adscripción de la Escuela de Estudios Empresariales de Arrecife a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Diplomado en Ciencias Empresariales, de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Según publica este martes el Boletín Oficial de Canarias (BOC), el Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria propuso la adscripción de un centro de titularidad privada para impartir los estudios conducentes a la obtención del título de Diplomado en Ciencias Empresariales, en Lanzarote.

Esta propuesta responde al compromiso de la Comunidad Autónoma de Canarias de adaptar la oferta educativa de las Universidades públicas a la demanda existente, atendiendo a criterios de racionalización en la gestión y distribución de los recursos humanos y materiales disponibles, siempre dentro del objetivo de conseguir profesionales cualificados manteniendo la calidad y eficiencia del servicio público que las Universidades prestan.

En el decreto publicado en el BOC se indica que

la adscripción se hará mediante convenio a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de la Escuela de Estudios Empresariales de Arrecife de Lanzarote, de la que es entidad titular Microsistemas, Suministros Informáticos e Informática de Gestión, S.L., para impartir los estudios conducentes a la obtención del título de Diplomado en Ciencias Empresariales de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Los estudios que se impartirán y cursarán en la Escuela de Estudios Empresariales de Arrecife serán los correspondientes a Diplomado en Ciencias Empresariales, conforme al Plan de Estudios vigente en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en cada momento.

La Escuela de Estudios Empresariales de Lanzarote se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por la Ley territorial 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, por el convenio de adscripción y por sus propias normas de organización y funcionamiento.

Asimismo, le será de aplicación la legislación estatal o de la Comunidad Autónoma de Canarias que se dicte para los centros universitarios adscritos

Para el acceso de los estudiantes a la Escuela de Estudios Empresariales de Arrecife se aplicarán las normas establecidas con carácter general para los restantes Centros Docentes de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

El comienzo de la actividad de la Escuela de Estudios Empresariales de Lanzarote será autorizado por la Consejería competente en materia de educación previa comprobación de que se han cumplido los compromisos adquiridos por la Entidad titular.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 11.1 que la adscripción mediante convenio a una Universidad pública de centros docentes de titularidad pública o privada, para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejo Social, previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.

El artículo 26 de la Ley territorial 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, reproduce esta norma en su apartado 1, señalando en el apartado 2 que los términos en que debe producirse la aprobación serán fijados mediante Decreto del Gobierno de Canarias, siendo aplicables en todo caso los requisitos señalados en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Universidades.

El Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, ampliado por el Real Decreto 485/1995, de 7 de abril, regula en su artículo 16 los requisitos exigidos para la adscripción de estos centros privados, de titularidad pública o privada, a Universidades públicas y que la Consejería competente en materia de educación estima que concurren.

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