miércoles. 24.04.2024

El Consejo Insular de Caza, celebrado en pasados días, ratificó la propuesta de orden de veda para el presente ejercicio, donde se establecen los periodos hábiles, las condiciones y limitaciones para la práctica de la caza menor en Lanzarote, según la nota enviada a Crónicas.

Esta propuesta surgió del pasado Consejo Insular de Caza, de 8 de junio de 2012, y fue trasladada al Consejo de Caza de Canarias para -en última instancia- su aprobación definitiva, al objeto de que este organismo de la comunidad autónoma establezca los periodos hábiles de caza y sus limitaciones en todo el territorio canario.

La propuesta que elevó Lanzarote, explica la consejera del área de Caza del Cabildo, Mónica Álvarez, “ha sido consensuada por todos los miembros del Consejo representados, como el Seprona de la Guardia Civil, la Sociedad de Cazadores, la Delegación Insular de la Federación de Caza de Canarias, técnicos del Gobierno de Canarias y -entre otros- los propios técnicos de Medio Ambiente, Agricultura y Caza de la Institución”.

Esta propuesta ha sido considerada de "mínimos", por cuanto se reduce en más de un 50% el periodo permitido para la caza en la isla, con respecto a otros periodos, con el objetivo de "conciliar la actividad cinegética con la protección del campo, fundamentalmente en un año duro por las escasas precipitaciones y la sequía que afecta a ambos sectores,” especifica la consejera del área de Caza de la Institución.

Igualmente, Álvarez informa que en esta propuesta, como hecho novedoso se autoriza la modalidad de caza con cetrería (empleo de aves rapaces) para conejos, en función del Decreto 328/2011 del Gobierno de Canarias, delimitándose la misma a una pieza por día y cazador y a dos zonas concretas de la isla, localizadas en Tinajo y Tías, respectivamente.

A este respecto, la consejera de Caza ha recordado que “sólo se permitirá la práctica de la caza de conejos, y no otras especies, en la modalidad de cetrería a los cazadores que estén inscritos en el Registro Insular de Cetrería, creado para tal fin”. Los cetreros que no lo hayan hecho aún, podrán realizar su inscripción en dicho registro en el Área de Caza del Cabildo de Lanzarote.

Especificidades de la Orden de Veda

Las especies cinegéticas autorizadas por la orden de veda 2012, serán el conejo, la perdiz moruna y la paloma bravía. Se autoriza la caza de la codorniz común, en competiciones federadas de caza, según las limitaciones establecidas en la propia normativa.

Esta reducción del periodo de caza en la isla de Lanzarote, se establecerá de la siguiente forma:

- El conejo con perro podenco y hurón: los jueves y domingos desde el 16 de septiembre al 28 de octubre ambos inclusive.

- La perdiz moruna y la paloma bravía con escopeta y perro de muestra: los domingos 21 y 28 de octubre.

- El conejo en la modalidad de cetrería: los sábados desde el 15 de septiembre al 27 de octubre ambos inclusive, en la zonas detalladas en la orden.

En los vedados de caza de la isla, sólo se podrá cazar el conejo, los jueves con perro podenco y hurón.

No se consideran días hábiles de caza, salvo el 15 de septiembre para la cetrería por coincidir en sábado, los festivos dentro del período de caza, con independencia de su carácter nacional, autonómico o local.

Los interesados en obtener más información, pueden contactar con el área de Caza del Cabildo de Lanzarote a través del teléfono 928 598 500 (Extensión 2103).

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