sábado. 20.04.2024

Con fecha de 20 de noviembre de 2007, la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo ha resuelto el conflicto de jurisdicción planteado por el Consorcio Insular de Aguas de Lanzarote frente al Juzgado nº 13 de Las Palmas.

El Consorcio interpuso dicho procedimiento al entender que el laudo arbitral por el que se condenaba a Inalsa al pago de doce millones de euros no podía ser ejecutado, ya que el contrato que dio lugar al laudo fue declarado nulo de pleno derecho, tal y como reconoció el Consejo Consultivo de Canarias y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Las Palmas. Para el Consorcio resultaba contrario al orden público y al derecho comunitario el que un contrato declarado nulo pudiera ser ejecutado.

En este sentido, si bien el Tribunal Supremo otorga al Juzgado nº 13 la competencia para ejecutar, sin embargo le obliga a entrar a analizar las diferentes cuestiones alegadas por el Consorcio e Inalsa para que dicha ejecución no se produzca, ya que el propio Supremo reconoce en la sentencia que es muy probable que dicha ejecución no se pueda llevar a cabo porque tanto el contrato que en su día se realizó como el laudo arbitral fueron declarados nulos por ser contrarios al derecho comunitario y al orden público.

En consecuencia, el Cabildo de Lanzarote y el Consorcio Insular de Aguas reciben dicha sentencia con optimismo ya que es el propio Tribunal Supremo quien indica al Juzgado nº 13 los posibles pasos a seguir para llegar a la inejecución y a la nulidad del citado laudo.

El Cabildo recibe con optimismo la sentencia del Tribunal Supremo en relación al laudo...
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