jueves. 28.03.2024

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a Kumar Parmeshowar Aswani Pasram a penas de prisión de 15 y de 4 años por un delito de asesinato y otro de robo con fuerza, respectivamente, ocurridos en la isla de Lanzarote durante el verano del año 2009. El condenado deberá indemnizar, además, con 90.000 euros a la familia de Vijay Chandru Chugani, el amigo con el que iba a realizar una transacción comercial de oro pero que, finalmente, asesinó en Arrecife asestándole hasta 71 puñaladas.

Según la sentencia, remitida este jueves a Crónicas por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), se ha tenido en cuenta en el delito de asesinato recogido en el artículo 139, 3º del Código Penal, la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante de confesión. El Tribunal no entiende que concurrieran circunstancias que puedan modificar la responsabilidad criminal por el segundo delito, el robo con fuerza, recogido igualmente en los artículos 237 y 242. 2 del Código Penal. Contra la sentencia cabe la interposición de un recurso de casación ante la Sala en el plazo de cinco días.

Hechos probados

La Audiencia Provincial de Las Palmas considera probado que Kumar Parmeshowar Aswani Pasram, nacido en Las Palmas de Gran Canaria y de 41 años de edad en la actualidad, sin antecedentes penales, y que permanecía en prisión provisional por esta causa desde el 21 de agosto de 2009, recogió el pasado 20 de agosto de 2009, sobre las 20:00 horas, en un vehículo Fiat, modelo Doblo, en el hotel Gran Castillo de Playa Blanca, en Yaiza, a Vijay Chandru Chugani, con el que previamente había acordado un encuentro con la finalidad de realizar una transacción comercial de compra venta de oro, en la que el procesado Kumar Parmeshowar Aswani Pasram pondría en contacto a una persona que estaba interesada en vender oro a Vijay Chandru Chugani, el cual compraría dicha mercancía por valor de 60.000 euros que portaba en efectivo.

El procesado Kumar Parmeshowar Aswani Pasram se dirigió a Arrecife, concretamente hasta la zona industrial conocida como parque Industrial Arrecife Puerto, y estacionó el vehículo en la calle Océano Antártico sobre las 21:40 horas. Según la sentencia, en el interior del vehículo, y con la finalidad de apoderarse del dinero que Vijay Chandru Chugani portaba en efectivo, utilizando para ello la violencia física, le agredió con una navaja de 7,5 cm de hoja, y con la intención de acabar con su vida le asestó al menos un total de 71 puñaladas: 10 en la cara, 3 en el cuello, 21 en el tórax, y 29 en el abdomen, causándole la "muerte por shock hipovolémico" al seccionar la vena cava superior una de dichas puñaladas, habiendo actuado el acusado con el propósito de aumentar el dolor y sufrimiento de la víctima, consciente de que no todas las referidas puñaladas eran necesarias para la consecución de la muerte. Acto seguido, prosigue la sentencia, el procesado sacó el cuerpo sin vida de la víctima del vehículo, registró el cadáver y sus efectos apoderándose de 14.130 euros en efectivo que se encontraban en una cartera que portaba de Vijay, y abandonó el lugar de los hechos en el vehículo.

A las 22:21 horas el procesado llamó a Johana Karina Lancheros Ospinosa, y acordó verse con ella en una cafetería de Arrecife. Cuando se encontraron, Kumar Parmeshowar Aswani Pasram le entregó un bolso que contenía, entre otros enseres, 14.130 euros manchados de sangre que pertenecían a Vijay Chandru Chugani, y al propio acusado, y diciéndole que entregara el bolso a su hermano.

El procesado se presentó entonces en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Arrecife a las 23:15 horas del mismo día, comunicando a los agentes de puerta literalmente que creía que había "matado a un amigo".

La victima, concluye el escrito judicial, era un hombre soltero, sin hijos, y no convivía con su madre ni sus hermanos.

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