viernes. 19.04.2024

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un ciudadano natural de Arrecife a un total de 14 años y medio de prisión por un delito continuado de agresión sexual. El condenado no podrá acercarse a su víctima, su propia hija, contra la que cometió los abusos sexuales en el año 2003, a menos de 500 metros, ni comunicarse con ella en los próximos 20 años. Además, la sentencia decreta que el autor de los hechos deberá indemnizar a la joven con 18.000 euros y hacerse cargo de la mitad de las costas procesales.

La Audiencia Provincial le ha absuelto, sin embargo, del delito de maltrato habitual del que también estaba acusado. La sentencia, notificada a las partes y remitida a Crónicas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), es suceptible de recurso de casación. El Ministerio Fiscal había solicitado una pena de 15 años de cárcel por el delito continuado de agresión sexual, y la imposición de una pena de dos años y seis meses de prisión por el segundo de los delitos. Por su parte, la defensa había reclamado la libre absolución del procesado.

El Alto Tribunal considera probado que a lo largo del año 2003 cuando el condenado vivía en Arrecife con su mujer y sus dos hijos, y durante unos tres años, comenzaron los abusos sexuales sobre su hija, que en aquel momento contaba con 14 años. "El procesado, guiado por el propósito de satisfacer sus deseos sexuales, y aprovechándose de su relación parental con la menor, comenzó a efectuar tocamientos en el pecho y la vagina de su hija, al tiempo que le cogía la mano y agarrándola, la llevaba hacia su pene, pese a la negativa de la menor", reza literalmente en la sentencia.

"Del mismo modo", prosigue el escrito judicial, "con idéntico ánimo, y de manera habitual, el procesado la desnudaba completamente, le hacía tumbarse en la cama y le introducía los dedos en la vagina, obligándole a su vez a masturbarle hasta que eyaculaba".

Además, el procesado intentó, al menos en dos ocasiones, introducir su pene en la vagina de la menor, sin lograr su propósito, al conseguir ésta zafarse, dirigiendo a su hija expresiones como que era una inútil y que no servía para nada, llegando también a empujarle o golpearle diciéndole que no dijera nada.

Declaración de la víctima

Para los magistrados, la declaración de la víctima resultó plenamente coincidente con lo declarado anteriormente, tanto en el Juzgado de Instrucción como en la denuncia inicial, tal y como se irá analizando a continuación. La víctima manifestó desde los 14 años su padre empezó a abusar de ella, obligándole a hacer cosas de carácter sexual, a masturbarle cogiéndo para ello su mano, y que empezó a efectuarle tocamientos, de forma que si ella se negaba le agarraba su mano y la colocaba en su pene; afirmó igualmente que intentó penetrarla dos veces, y que introdujo los dedos en su vagina varias veces, después de los tocamientos. Describió que éste sucedía normalmente al mediodía, mientras su madre se encontraba trabajando. Dichos episodios se producían casi a diario, y se prolongaron hasta que la menor se fue a vivir a casa de su abuela, con 17 años, a punto de cumplir la mayoría de edad. Añadió también que su padre le daba palizas, le empujaba, le pegaba en la cabeza y le decía que no dijera nada, todo ello sin dejarle marcas, y que era él quien le desnudaba, haciendo que en ocasiones se desnudara y se pusiera la ropa que él le decía, normalmente un pantalón. Describió que ella no gritaba ni pedía auxilio, pero sí se resistía, y él en ese caso le agarraba las manos, tapándole alguna la vez la boca.

Los testimonios de la abuela de la víctima y de su ex novio corroboran la declaración de la víctima, resultando también relevantes, en este sentido, los informes psicológicos de las psicólogas que han examinado a la perjudicada. Por su parte, las declaraciones ofrecidas de contrario, por el resto de miembros de la unidad familiar, no han servido para desvirtuar el testimonio de la víctima.

Este tipo de delitos están previstos y penado sen los artículos 179, 180.1.4 y 74 del Código Penal, y en este caso, según la Audiencia Provincial, no se ha dado la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. El procesado llevaba desde el momento de la denuncia cumpliendo prisión preventiva.

Condenado a 14 años y medio de prisión por abusar sexualmente de su hija durante tres...
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