jueves. 28.03.2024
El TSJC estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil granadina Diesanch S.L. contra la aprobación definitiva el 28 de julio de 2005 en la CTOMAC

Anulada la adaptación del Plan General de Tías por falta de evaluación de impacto medioambiental

El Gobierno de Canarias consideraba que el estudio de impacto ambiental no era indespensable para la aprobación de los planes generales, pero el TSJC considera que es exigible en la Adaptación una evaluación de impacto ambiental

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado un recurso contencioso-administrativo y ha anulado la Adaptación del Plan General de Ordenación (PGOU) del municipio lanzaroteño de Tías al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias.

Dicho recurso contra el acuerdo del 28 de julio de 2005 de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) fue interpuesto por la mercantil granadina Diesanch S.L., que pedía la anulación de la aprobación definitiva y que solicitaba que una unidad de actuación en Tías no tuviera la calificación de suelo urbano.

Diesanch S.L expuso además otros motivos de nulidad, entre ellos la falta de evaluación de impacto ambiental, tal y como establece la normativa europea, el incumplimiento del proceso de exposición pública y la ausencia de varios informes técnicos y jurídicos a lo largo del procedimiento, incluidos los informes técnicos sobre el contenido ambiental del Plan y la falta de cumplimiento de las determinaciones del Decreto 35/1995.

En el recurso que ahora ha estimado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias se recuerda que la normativa autonómica que reza en el Decreto 35/1995 no cumplía con las exigencias medioambientales europeas y estatales en relación a planes generales, ya que en el ámbito regional de Canarias no se adoptó dicho decreto a los cambios normativos exigidos por la reforma del derecho comunitario y estatal.

La tesis del Gobierno de Canarias consideraba que el estudio de impacto ambiental no era requisito inexpugnable para la aprobación de los planes generales, pero el TSJC considera que es exigible, en la Adaptación del Plan General al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, una evaluación de impacto ambiental elaborada por el órgano ambiental competente.

Anulada la adaptación del Plan General de Tías por falta de evaluación de impacto...
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