jueves. 28.03.2024

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial absuelve a los cuatro imputados por el caso Forelan, Basilio González Tejera, Eugenia Villalba Hernández, Valentín Elvira Berriel y Elena Ángel Gutiérrez de los delitos de fraude de subvenciones, apropiación indebida y falsedad de los que, respectivamente, venían siendo acusados, declarando de oficio el abono de las costas procesales.Según señala el auto de la Audiencia, de la valoración conjunta de las testificales se deduce que los cursos a los que se refieren se impartieron efectivamente, que algunos de los alumnos abandonaron voluntariamente el mismo, pese a lo cual se cumplía el número mínimo de alumnos, como hizo constar el inspector en su informe, y que muchos alumnos no se conocían porque acudían al curso en distintos horarios.

Según reza la sentencia "el informe del Sr. perito judicial, Inspector de Hacienda, no es concluyente(...); no sólo no ha quedado acreditado sin margen alguno de duda razonable las supuestas actividades ilícitas de los acusados, sino que tampoco las acusaciones han concretado, ni en sus escritos de acusación ni en el acto del juicio oral, la cantidad que los acusados pudieron defraudar a la Hacienda Pública Autonómica, siendo ello un elemento esencial del tipo previsto en el art 308 párrafo segundo del Código Penal".

Según se expone, "lo que no cabe extraer de las mismas es, a los efectos penales que ahora nos interesan, la existencia de un falseamiento de las comunicaciones o de las certificaciones remitidas al ICFEM, con la finalidad de conseguir la obtención de las subvenciones para los años 1996 y 1997 especificadas en los hechos probados: los cursos se impartieron con carácter general, el número mínimo de alumnos era el exigido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de Abril de 1994 (BOE de 28 de Abril de 1994), que regula, entre otros aspectos, las subvenciones a los Centros colaboradores, como también se señala en el informe remitido por el ICFEM (folio 857), la cual permitía, además (art 10.4), que se computaran como alumnos que han finalizado el curso aquellos que precisen abandonarlo antes de su finalización por haber encontrado un empleo, siempre que el número de alumnos que finalicen no supere al de los programados, como también declaró la testigo-perito Dª Soledad Monzón Cabrera, gerente de FORELAN desde Febrero de 1996 a Diciembre de 1998".

Prosigue señalando que "surgen dudas sobre que el número de horas lectivas impartidas en alguno de los cursos (téngase en cuenta que sólo se practicaron testificales respecto de tres cursos y la responsable de la empresa que impartió uno de ellos testificó que se dieron todas las horas) fuera el establecido en la normativa reglamentaria. Ello podría dar lugar a un procedimiento administrativo de reintegro, como de hecho ocurrió en los años siguientes, según consta en los hechos probados, mas no supone una conciencia en el falseamiento de las condiciones establecidas para su concesión o una ocultación de las que lo hubiese impedido, teniendo en cuenta, en su caso, su carácter aislado".

Exponen además que "por último, la acusación particular considera que los acusados cometieron un delito de uso de documento oficial falso del art 393 CP. Sin embargo, por las mismas razones expuestas, no existe prueba alguna de la falsedad de las comunicaciones remitidas al ICFEM, ni tampoco de las certificaciones firmadas por el acusado Basilio como presidente de FORELAN, sin que por la acusación particular se haya precisado a que documentos en concreto se refiere su calificación".

Por otra parte, la sentencia expone que "No se ha acreditado que los acusados se apropiaran en su propio beneficio de parte de las subvenciones referidas con anterioridad en cuantía superior a 80.000 euros.

No se ha acreditado tampoco que los cursos incluidos en las acciones formativas subvencionadas no se impartieran o que los acusados falsearan los alumnos a los que iban dirigidos o las horas efectivamente impartidas".

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas juzgaba desde el jueves 8 de noviembre el denominado caso “Forelan” (Fundación Insular para la Formación y Empleo), un polémico expediente con el que se descubrió en 1995 la existencia de toda una presunta trama con la que varios empresarios desviaron supuestamente importantes cantidades de fondos públicos procedentes tanto del Gobierno canario y de los Presupuestos Generales del Estado como del Fondo Social Europeo, y que iban destinadas en principio al desarrollo de formación y empleo en la isla de Lanzarote.

En el caso Forelan, tal y como rezaba en el escrito de calificación del sumario, redactado por el Juzgado de Instrucción Número 1 en 2003, Basilio González Tejera, Eugenia Villalba Hernández, Valentín Elvira Berriel y Elena Ángel Gutiérrez estaban acusados de un delito continuado contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social - previsto y penado en los artículos 308 y 74 del Código Penal-, y de otro delito continuado de apropiación indebida, previsto y penado en los artículos 249, 250,6 y 252.

Según se explicaba en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, el acusado Basilio González era en 1995 presidente de Forelan (Fundación Insular para la Formación y Empleo), una institución constituida en 1993 con la participación de los dos sindicatos más representantivos, UGT y CC OO, y las tres organizaciones empresariales más importantes de la Isla, Felapyme, Asolan y Aetur. La Fundación, sin embargo, no se hallaba inscrita en el Registro Mercantil, siendo vicepresidenta de la misma Eugenia Villalba, el tesorero Valentín Elvira y la secretaria la también acusada Elena Ángel.

El fiscal habló en su momento de “desmedido ánimo ilícito de enriquecimiento” cuando Elena Ángel constituyó la sociedad “Segeslan S.L.” y Valentín Elvira hizo lo propio con “Copy Shop”, figurando ambos como sus respectivos administradores y contratando ambos a los otros dos acusados en las dos empresas, tanto a Basilio González como a Eugenia Villalba. Según la acusación, “estas dos empresas se constituyeron expresa y únicamente para convertirse en proveedoras de Forelan, sirviendo de cobertura y entramado empresarial para conseguir pingües beneficios por parte de todos los acusados a costa de las subvenciones recibidas por la Fundación Forelan”.

El fiscal pidió una sentencia "valiente"

El juicio del caso Forelan quedó visto para sentencia el pasado viernes 9 de noviembre después de que las partes expusieran sus conclusiones y los cuatro acusados hicieran uso de su derecho a la declaración final.

El fiscal, Miguel Pallarés, pidió a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas una sentencia “valiente”, mientras que Manuel Farjardo Palarea, abogado de tres de los cuatro acusados, dijo sentirse extrañado por una petición como la del fiscal, “que nunca había escuchado”, y, antes de emitir su informe final, pidió un falló “ajustado a derecho”.

Los dos abogados defensores pidieron la absolución de Basilio González, Eugenia Villalba, Valentín Elvira y Elena Ángel, y el fiscal ratificó su solicitud de 10 años de prisión para cada uno y 500.000 euros de multa por un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social y otro de apropiación indebida.

Además, Pallarés pidió que los acusados devuelvan a la Fundación Insular para la Formación y Empleo (Forelan) más de 600.000 euros. La acusación particular se adhirió a la solicitud de la Fiscalía y exigió cinco años más de cárcel por uso de documento falso. El tribunal debía probar que los acusados defraudaron subvenciones públicas del Fondo Social Europeo y la Comunidad Autónoma por valor al menos de 80.000 euros, para aplicar la condena solicitada por dichos delitos, tal y como reza en el Código Penal.

Reacciones a la sentencia: a Astrid Pérez le ha “extrañado la premura” y al fiscal “no le convence”

A la abogado Astrid Pérez, quien defiende a Aetur, le ha “extrañado la premura de la Audiencia Provincial en sacar la sentencia” ya que, según comentó, “en muchísimas otras ocasiones esperamos por sentencias mucho menos complicadas jurídicamente hablando y con menos documentación”. Pérez afirma que aún no se le ha notificado la sentencia y que se ha enterado de ésta por los medios de comunicación, por lo tanto, “solicitamos que se nos notifique, primero, y después, cuando se nos notifique, plantearemos o no recurso de casación”.

Por su parte, desde la Fiscalía se anuncia que se estudiará si se interpone o no un recurso de casación ante el Tribunal Supremo desde el mismo momento en que sea notificada la sentencia. Miguel Pallarés adelantó a este medio que el fallo no le “convence” pero en todo caso valorará en profundidad el mismo para decidir si propone a la Fiscalía en Madrid que a su vez presente el recurso extraordinario de casación.

Para el presidente de Aetur, Victoriano Elvira, manifestó que “nosotros somos respetuosos con lo que se haya decidido, con respecto a si nosotros vamos a recurrir o no esto un tema que primeramente debe salir oficialmente puesto que actualmente parece que no es oficial y una vez que salga oficialmente nosotros iremos a asamblea y tomaremos la decisión que creamos más oportuna”. Elvira, en relación a la sentencia, dijo que “todavía nosotros no hemos hecho un juicio de valores pero, desde luego, en un principio lo que sí hacemos es acatar la propia ley y a partir de ahí haremos el juicio que creamos oportuno y nos pronunciaríamos”.

Absueltos los cuatro imputados por el caso Forelan
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